CROSS 2020-02 PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE PERSONAL. RÉGIMEN FISCAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL 2020, CONTINGENCIAS
L.C.C., M.I. y M.A. Eduardo López Lozano
Integrante de la CROSS Nacional
Pongo a consideración del lector algunos aspectos a revisar e instrumentar a la brevedad para la toma de decisiones en materia fiscal en tratándose de operaciones de prestación de servicios de personal.
La lucha contra el outsourcing ilegal lleva más de una década; se ha externado no solo en su combate fiscal y por auditorias del seguro social y el INFONAVIT desde 2007, sino por la instrumentación de reformas a las diferentes leyes que lo regulan:
En 2009 la adición a la Ley del Seguro Social (L.S.S.) del artículo 15 que obliga a los participantes en estas operaciones a presentar información al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
En 2012 la reforma a la Ley Federal del Trabajo que incorpora los artículos 15-A a 15-D con un nuevo régimen llamado de la “subcontratación”.
En 2015 la adición a la Ley del INFONAVIT del artículo 29 BIS que obliga a las partes a informar al INFONAVIT (conocido coloquialmente como SIRESO)
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