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Revista CP

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MENSAJE DE LA PRESIDENCIA.

Queridos lectores, es un gusto saludarlos con motivo de una edición más de nuestra revista Contaduría Pública, en la que expertos abordan el tema “El empresario ante el reto de innovar”.

En esta ocasión, presentamos varios artículos en los que se examinan y analizan distintos aspectos que en materia fiscal deben tener presentes los empresarios para que sus organizaciones se desarrollen de manera óptima en el ámbito económico nacional. Por ejemplo, el artículo “Materialidad, concepto fiscal con trascendencia patrimonial y legal” plantea la necesidad de verificar físicamente si se realizaron las situaciones jurídicas o de hecho a la cual los contribuyentes pretenden darle efecto fiscal basándose en documentos aportados por los contribuyentes o terceros relacionados, en donde algunos elementos esenciales que se deben considerar para cumplir la materialidad es que haya razón de negocios, derivado de varios intentos de incorporar la Cláusula General Antiabuso o Antielusión al Código Fiscal de la Federación (CFF).

Fue hasta 2021 cuando se adicionó el artículo 5-A para facultar a la autoridad fiscal, en el contexto del ejercicio de sus facultades de comprobación, con el fin de justificar la existencia de la razón de negocios relacionada entre el contenido y la sustancia económica del acto en cuestión, pues estos van orientados a lograr un fin económico vinculado con el sentido esencial del negocio o el objeto social de una compañía, y que lo secundario sean los actos fiscales de este acto jurídico.

Otro tema que es necesario destacar es el de “Beneficiario Controlador” ya que, a partir de 2022 se crea esta figura que se refiere a que toda persona moral, figura jurídica o fideicomiso deben identificar y conservar su información detallada para presentarla cuando así lo requiera la autoridad. Es importante señalar que este concepto se adiciona a la normatividad fiscal derivada de las recomendaciones que hace el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), cuyo objetivo es conocer, de manera real, quién se encuentra detrás de las empresas o como beneficiarios de una transacción o negocio.

Además, se incluye un análisis de la figura del comisario en la sociedad mercantil que, de acuerdo con la Ley General de Sociedades Mercantiles, es el responsable para el cumplimiento de las leyes y los estatutos de la sociedad de que son parte. Asimismo, el comisario es solidario responsable con los que lo hayan precedido, por las irregularidades en que aquellos hubieren incurrido si, conociéndolas, no las denunciaren. El comisario continuará siendo responsable de sus funciones en tanto no tome posesión el siguiente que haya sido nombrado por la Asamblea de Socios, o por la autoridad judicial mientras se reúne la Asamblea.

Respecto al tema de “Gobierno Corporativo” este abarca un conjunto de relaciones entre la administración de la empresa, su Consejo de Administración, sus accionistas y otras partes interesadas. También proporciona la estructura, mediante la cual se fijan los objetivos de la compañía y se determinan los medios para alcanzar esos propósitos y supervisar el desempeño. La transparencia y la confianza son generadoras de seguridad, y si estas se derivan de una buena estrategia de Gobierno Corporativo, dan lugar a estabilidad jurídica, económica y al fomento de la sostenibilidad dentro de cualquier empresa u organización.

El presente número de la revista Contaduría Pública ofrece varios tópicos, además de los antes señalados, los cuales favorecerán el desarrollo disciplinario de la membrecía del IMCP.

Esperamos la disfruten y que los temas aquí analizados coadyuven a ampliar la visión sobre los retos que en materia de innovación tiene en la actualidad el empresariado nacional.

Reciban un cordial saludo.

Dra. Laura Grajeda Trejo

Presidenta del CEN del IMCP

Consulta la revista completa, aquí.


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