IMCP

Campaña Nacional de la Contaduría Pública

Fundado en 1923 y conformado actualmente de 60 colegios de Contadores

IMCP_Tienda Conoce a tu Colegio y Guía de Operación

Vicepresidencia Fiscal

  • Imprimir
  • youtube

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE

LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECIA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP) mediante la Vicepresidencia de Fiscal, en forma conjunta con la CROSS del IMCP, les informamos que, el 21 de abril del presente, por medio del Boletín de Prensa 213/2020, el Instituto Mexicano del Seguro Social, en virtud de la pandemia del COVID-19, brinda asesoría para celebrar un convenio de pago en parcialidades sin necesidad de garantizar el interés fiscal de la siguiente manera:

Modo simplificado:

  1. El Instituto Mexicano del Seguro Social pone a disposición de los patrones el número 800-6232-323 y el correo electrónico convenioorienta@imss.gob.mx, a través de los cuales se ofrecerá la asesoría.
  1. Recordemos que los patrones que opten por celebrar un convenio de pago en parcialidades, deberán cubrir el 20% de la cuota patronal y el 100% de la cuota obrera.
  1. El patrón deberá elegir el plazo de diferimiento con su respectivo interés mensual: Hasta 12 meses con un interés mensual del 1.26%, de 12 meses a 24 meses con un interés mensual del 1.53% y de 24 meses a 48 meses con un interés mensual del 1.82%.
  1. El patrón deberá enviar, al correo electrónico señalado en el punto 1 anterior, la siguiente documentación:
    • a) Tarjeta de identificación patronal.
    • b) Identificación oficial vigente del patrón, sujeto obligado o representante legal (INE, pasaporte, cédula profesional).
    • c) Acta constitutiva de la persona moral (únicamente las hojas donde se señala la razón social para la cual fue creada, así como aquélla que contenga el folio del Registro Público de la Propiedad y del Comercio).
    • d) Poder notarial del representante legal (únicamente la hoja donde se señala la facultad conferida por la persona moral, debiendo ser específica para la realización de trámites ante entidades públicas o actos de administración).
    • e) Escrito libre solicitando la autorización del pago a plazos y los plazos para hacerlo.
  1. El Instituto Mexicano del Seguro Social revisará la información y hará llegar, por correo electrónico, al patrón interesado el proyecto del convenio para pago en parcialidades y la ficha de depósito.

Para mayor información, se anexa el Boletín de Prensa No. 213/2020 emitido por la unidad de comunicación social del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. y Mtra. Diamantina Perales Flores

Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2019-2020

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.

Folio 41.-IMSS – Boletín de Prensa No. 2132020 Pago en Parcialidades Simplificado

Anexo Folio 41.-IMSS – Boletín de Prensa No. 2132020 Pago en Parcialidades Simplificado