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C.P.C. Jaime Zaga Hadid

Integrante de la CROSS Nacional

El 12 de noviembre de 2020, el ejecutivo federal envió a la Cámara de Diputados una iniciativa de reforma para limitar la subcontratación laboral u outsourcing. El objetivo de esa iniciativa era el de acabar con los abusos que se han presentado en México con la utilización de este esquema de contratación, específicamente en lo que se refiere a evasión fiscal, no pago de cuotas de seguridad social y en general la afectación de los derechos laborales de los trabajadores.

La discusión de dicha iniciativa fue postergada dada la falta de consenso y se volvió a presentar a análisis dentro del período ordinario que inició el pasado 1 de febrero. El 13 de abril después de varias sesiones de trabajo y discusiones, la comisión de Trabajo y Previsión Social y la de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, emitió su dictamen con las modificaciones que los legisladores de dichas Comisiones consideraron pertinentes y finalmente el Senado de la República emitió el 19 de abril el dictamen final que se estima sea discutido en el pleno para su posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

En esta ocasión me gustaría centrar el análisis en dos aspectos de la iniciativa comentada que giran alrededor de la excepción añadida en la versión enviada a discusión en el Senado respecto de los servicios especializados entre empresas del mismo grupo y, por otro lado, las nuevas obligaciones y definiciones que en materia fiscal generarán estas modificaciones en el Código Fiscal de la Federación (CFF) y las relativas a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

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