CLASIFICACIÓN DEL 1.1.1 ACTIVO CIRCULANTE EFECTIVO
C.P. y PCCA Cornelio Rico Arvizu
Vicepresidente de Sector Gubernamental
Introducción
Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) 31 de diciembre de 2008, es una ley secundaria de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), la cual es consecuencia del artículo 73, fracción XXVIII, que a la letra dice:
Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
[…]
XXVIII. Para expedir leyes en materia de contabilidad gubernamental que regirán la contabilidad pública y la presentación homogénea de información financiera, de ingresos y egresos, así como patrimonial, para la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, a fin de garantizar su armonización a nivel nacional.
[…]
Entonces, para generar esa información homogénea (armonizada) de los tres ámbitos de gobierno (federal, estatal y municipal) es necesario que el registro sea igual (procesos armonizados) y además basado en las mismas estructuras (catálogos, clasificadores y cuentas armonizadas).
A 15 años de la publicación de la LGCG, aún hay diferente interpretación del término “efectivo”, el cual es el enfoque de análisis.
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