Boletín Conferencia de Prensa. 22 marzo 2023.
DECLARACIÓN ANUAL DE PERSONAS MORALES – CAMBIOS MÁS RELEVANTES Y PROBLEMÁTICAS DETECTADAS, AVANCES EN CFDI 4.0 Y TASAS EFECTIVAS DE ISR A GRANDES CONTRIBUYENTES
Los cambios más relevantes del aplicativo en contraste con el año pasado son:
Problemáticas detectadas
Por medio de nuestros 60 colegios federados, hemos detectado algunas problemáticas al momento de realizar la preparación de la declaración en cuestión:
Dentro de las consecuencias que se vislumbran tenemos lo siguiente:
Escrito del Instituto Mexicano de Contadores Públicos ante el Jefe del SAT
Al respecto, en nuestro carácter de la Federación más importante de la profesión contable y en conjunto con nuestros 60 colegios federados en todo el país, presentamos un escrito a la autoridad fiscal el día 21 de marzo de 2023, en el que hicimos de conocimiento al Jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT) lo comentado en párrafos anteriores y en el que solicitamos tenga a bien considerar otorgar una prórroga para el cumplimiento de esta obligación.
Dictamen fiscal
Como consecuencia de la problemática antes mencionada y en vista de que el próximo 15 de mayo vence el plazo para presentar el dictamen fiscal, consideramos este plazo insuficiente, ya que en años anteriores la presentación de dicho dictamen vencía el 15 de julio, por facilidad administrativa. Lo anterior toda vez que para este año entran en vigor varios cambios (factura 4.0 y carta porte) respecto a años anteriores y a la fecha aún no se ha liberado el aplicativo.
Recordemos que este dictamen será obligatorio para los Grandes Contribuyentes (12 mil) más aquellos que opten por presentarlo de manera voluntaria.
Declaración anual de personas físicas
Una vez concluido el periodo de declaraciones anuales para personas morales, iniciamos inmediatamente con el que corresponde a personas físicas. En este sentido, la semana pasada el SAT liberó, dentro de su página de Internet, el simulador de la declaración anual de personas físicas, por lo que se recomienda a los contribuyentes que inicien con la revisión de la información en el simulador y se preparen para cumplir con esta obligación.
Avance de implementación del CFDI versión 4.0
En cuanto al avance de la implementación de la factura electrónica en su versión 4.0 y de acuerdo con declaraciones recientes del SAT (2023), el 50% de los CFDI que se emiten por parte de los contribuyentes son realizados con esta nueva versión. Según lo reportado por este Órgano Desconcentrado, al cierre de diciembre de 2022 se habían emitido 9 mil 746 millones de comprobantes fiscales, por lo que cerca de 4 mil 873 millones de facturas ya son versión 4.0.
Consideremos que ya no habrá más plazo de convivencia y a partir del 1 de abril de 2023, la única versión vigente para la emisión de los CFDI en general será la versión 4.0.
Por otro lado, el CFDI 4.0 para la emisión de los recibos de nómina de los trabajadores será la única versión válida a partir del 1 de abril 2023. Por ello, el SAT ofrece a los empleadores la facilidad de obtener los datos fiscales de sus trabajadores, por única ocasión, a través de su portal. Sobre este punto les informo que, hemos estado constantemente en coadyuvancia con el SAT, compartiendo gráficos sobre este procedimiento y creando infografías propias con información relevante en temas como la constancia de situación fiscal.
En torno a este documento y la constante solicitud que existe del mismo por parte de los emisores de facturas electrónicas, me permito aclarar que es un “mito” que se deba proporcionar la Constancia de Situación Fiscal para que se pueda emitir una factura electrónica en la versión 4.0 por las compras que se realizan. La realidad es que si conocemos nuestros datos fiscales, tal y como se encuentran registrados en ese documento, basta con proporcionarlos a quien emitirá el CFDI.
Complemento Carta porte
Por lo que respecta al comprobante con complemento de Carta Porte, tener muy en claro que las facilidades se han centrado en la no imposición de sanciones por no contar con todos los requisitos relativos a este complemento, pero no así de una facilidad para no emitirlos. En tal razón, a partir del 1 de agosto de 2023 se debe poner especial atención a cada detalle y requisito, a fin de evitar sanciones por parte de la autoridad.
En el tema de la carta porte, nuestra posición ha sido firme en solicitar al Servicio de Administración Tributaria no incluir como obligatoria información sensible, tal como nombres de los operadores, direcciones, valor y tipo de la mercancía, entre otros. En este sentido, por parte de nuestros colegios federados hemos seguido recibiendo inquietudes sobre la implementación de este complemento, en particular de los protocolos de revisión, y continuamos percibiendo que sólo los grandes contribuyentes están en posibilidades de cumplir, porque cuentan con la infraestructura y recursos necesarios para hacerlo.
Lo anterior sin olvidar que la información que se incluye en este complemento puede poner en riesgo la integridad física de los transportistas, por el clima de inseguridad que se vive en las carreteras del territorio nacional.
Tasas efectivas de ISR a Grandes Contribuyentes
Con fecha 31 de enero de 2023, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) hizo la primerapublicación de tasas efectivas de impuesto sobre la renta de Grandes Contribuyentes. Posteriormente en fechas 7, 14, 21 y 28 de febrero, así como 7, 14 y 21 de marzo de 2023, el SAT realizó las publicaciones subsecuentes. A la fecha tenemos 8 publicaciones dirigidas a un total de 60 sectores y 302 actividades económicas.
El listado de las tasas sólo está dirigido a los grandes contribuyentes, que son aquellos que generan ingresos anuales mayores a 1,500 millones de pesos.
Como siempre, la recomendación es apoyarse con Contadores Públicos actualizados para contar con el respaldo que nuestras organizaciones necesitan.
Dra. Laura Grajeda Trejo
Presidenta del IMCP
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