AGAFF 06 / LA AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS CON EFECTOS FISCALES DE CONFORMIDAD A LAS CARTAS INVITACION Y DE VIGILANCIA PROFUNDA DEL SAT
Las disposiciones fiscales señalan la obligación a los contribuyentes de expedir CFDI por prácticamente todos los ingresos que se obtengan, ya sea en efectivo, en crédito o en especie, trátese de operaciones comerciales, de servicios o de cualquier otro concepto.
De igual manera, para estar en posibilidades de deducir el costo de las mercancías adquiridas, de los servicios recibidos, de los salarios pagados, de las devoluciones recibidas, de los descuentos otorgados, y de casi cualquier otro concepto que se pretenda deducir, los contribuyentes deben contar con el CFDI correspondiente a cada transacción.
Con la implementación de los CFDI (representación gráfica de un XML), las autoridades han establecido nuevas actividades de fiscalización con objeto de comprobar el correcto cumplimiento en el pago de las obligaciones fiscales de los contribuyentes (FISCALIZACIÓN A TRAVÉS DE LOS CFDI).
El procedimiento que las autoridades fiscales llevan a cabo consiste en comparar el importe de los ingresos de los CFDI emitidos por mes o por año contra los ingresos manifestados en las declaraciones de impuestos mensuales o anuales presentadas con los impuestos trasladados o retenidos manifestados en los CFDI emitidos por mes o anuales contra los impuestos trasladados o retenidos manifestados en las declaraciones de impuestos mensuales o anuales presentadas.
C.P.C. y P.C.C.A. José Rafael Ávila Andrade
Integrante de la Comisión del IMCP
ante las Administraciones Generales de la Fiscalización del SAT
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