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Empresas ya no podrán acreditar mensualmente el IEPS en compra de diesel para reducir su pago del ISR, lo que afectará su flujo de efectivo.

A partir de este año, las empresas agrícolas y de transporte no podrán acreditar de forma mensual el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) en la compra de diesel, lo que afectará su flujo de efectivo, coincidieron expertos fiscales.

Hasta el año pasado, cuando estas empresas compraban diesel y pagaban 5.04 pesos de IEPS por cada litro, podían acreditarlo mes con mes para reducir su pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) e impuesto sobre nómina.

Sin embargo, ahora, según lo establecido en la Ley de Ingresos, esta acreditación sólo se podrá realizar hasta la declaración anual de 2019, que se presenta a principios de 2020, explicó Mario Morales, vicepresidente Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

“Los que tenían el crédito en enero, lo podía acreditar contra el pago del ISR de febrero, ya no lo van a poder hacer, lo cual implica encontrar un financiamiento para solventar la necesidad de efectivo, tiene las mismas repercusiones que la eliminación de la compensación universal”, señaló.

Las empresas van a ir acumulando un saldo a favor mientras realizan pagos provisionales y retenciones, pero hasta el próximo año podrán pedir una devolución.

Rubén Federico García, socio fiscal de RSM México, coincidió en que la eliminación de la acreditación mensual del IEPS afectará a las empresas, pero no en gran medida.

“Es muy pequeña la acreditación que se puede hacer, son 700 pesos en caso de personas físicas por cada mes y de 1400 para sociedades en cada mes, es una devolución que no ayuda gran cosa”.

No obstante, en el caso de las empresas de transporte, ya no podrán acreditar sus gastos en peajes. Hasta el año pasado podían acreditar hasta el 50 por ciento en pagos provisionales.

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