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Vicepresidencia Sector Gubernamental

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M.D.F. PCCAG Miriam Gallardo Reyes

 

 La Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) fue publicada el 31 de diciembre de 2008, su objeto es emitir los criterios que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de la información financiera, al aplicarla los entes públicos, se facilita el registro y fiscalización de los activos, pasivos, ingresos, gastos y patrimonio, en su artículo tercero a la letra dice:

Artículo 3.- La contabilidad gubernamental determinará la valuación del patrimonio del Estado y su expresión en los estados financieros.

La valuación es uno de los once postulados básicos de contabilidad gubernamental, que son los elementos fundamentales que configuran el Sistema de Contabilidad Gubernamental, establecidos en el marco conceptual:

Valuación

Todos los eventos que afecten económicamente al ente público deben ser cuantificados en términos monetarios y se registrarán al costo histórico o al valor económico más objetivo registrándose en moneda nacional.”

Dichos postulados sustentan técnicamente la contabilidad gubernamental tal como lo establece el artículo 22 de la LGCG:

Artículo 22.- Los postulados tienen como objetivo sustentar técnicamente la contabilidad gubernamental, así como organizar la efectiva sistematización que permita la obtención de información veraz, clara y concisa.

Los entes públicos deberán aplicar los postulados básicos de forma tal que la información que proporcionen sea oportuna, confiable y comparable para la toma de decisiones.

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