El congreso general de los Estados Unidos Mexicanos previamente a la aprobación de la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, reformó las fracciones IV y XI del apartado a del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción de la jornada laboral.
- La jornada laboral será de 40 horas semanales.
- La duración de la jornada labora se alcanzará de manera gradual, a partir del 1 de enero del año correspondiente, conforme a lo siguiente:
| Año | Jornada Laboral |
| 2026 | 48 |
| 2027 | 46 |
| 2028 | 44 |
| 2029 | 42 |
| 2030 | 40 |
- Cuando por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de la jornada, se abonará como salario por este tiempo un 100% más de lo fijado para las horas ordinarias.
- En ningún caso la reducción de la jornada laboral implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras.
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