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Fiscal.

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda a las personas físicas en este regreso a clases, que los pagos por colegiaturas y transporte escolar (cuando este sea obligatorio o cuando se incluya dicho gasto en la colegiatura), son conceptos deducibles en la declaración anual.

Asimismo, se precisa que el beneficio aplica para cónyuges, concubinos, familiares ascendentes o descendentes en línea directa o para sí mismos.

La deducción de colegiaturas es conforme al nivel que se curse en instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo al padrón de escuelas que expiden comprobantes con requisitos fiscales, los límites anuales son:

  • Preescolar: 14,200 pesos
  • Primaria: 12,900 pesos
  • Secundaria: 19,900 pesos
  • Profesional técnico: 17,100 pesos
  • Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos

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https://www.gob.mx/sat/prensa/los-pagos-por-colegiaturas-y-transporte-escolar-son-deducibles-de-impuestos-048-2024?idiom=es

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