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Fiscal.

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Desde el 1 de enero y hasta el 1 de abril de 2024, las personas morales pueden presentar su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2023 y para facilitar el cumplimiento de esta obligación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que se realizaron actualizaciones y mejoras para su presentación, entre las que destacan:

  • Pueden agregarse las pérdidas fiscales por amortizar que no se visualicen en el formulario.
  • Eliminación de los estados financieros: “Estado de flujo de efectivo” y “Estado de cambios en el capital contable”.
  • Precarga de la información de los estados financieros que permanecen, presentados en el ejercicio inmediato anterior.
  • Adición de la deducción inmediata de inversión prevista en el Decreto Relocalización de los beneficios fiscales otorgados a los contribuyentes de las zonas afectadas por el Huracán Otis.
  • Reducción del formato de impresión para facilitar la identificación de algunas deducciones aplicadas.
  • Se renueva el formato de los estados financieros.

Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

https://www.gob.mx/sat/prensa/sat-implementa-mejoras-para-presentar-la-declaracion-anual-2023-de-personas-morales-002-2024

Descarga el archivo, aquí.


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