NOTICIAS-FISCALES-2021-64 STPS / Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social dio a conocer el día de hoy (30 de marzo) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 90.- Salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo la persona trabajadora por los servicios prestados en una jornada de trabajo.
El salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de una o un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de las y los hijos.
Se considera de utilidad social el establecimiento de instituciones y medidas que protejan la capacidad adquisitiva del salario y faciliten el acceso de toda persona trabajadora a la obtención de satisfactores.
La fijación anual de los salarios mínimos, o la revisión de los mismos, nunca estará por debajo de la inflación observada durante el periodo de su vigencia transcurrido.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.
Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
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