NOTICIAS FISCALES 2020-184 SCJN / Tesis y jurisprudencias al mes de diciembre de 2020
La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio a conocer las Tesis y Jurisprudencias relativas al mes de diciembre de 2020, mismas que se muestra a continuación:
- SEGURO SOCIAL. PARA LA PROCEDENCIA DE LA EXCEPCIÓN DEL TOPE SALARIAL DE LOS SEGUROS DE INVALIDEZ, VEJEZ O CESANTÍA EN EDAD AVANZADA, NO ES OBLIGACIÓN DEL INSTITUTO PROBAR QUE EL ASEGURADO COTIZÓ MENOS QUE EL LÍMITE SUPERIOR DE DIEZ VECES EL SALARIO MÍNIMO GENERAL VIGENTE EN EL ENTONCES DISTRITO FEDERAL (AHORA CIUDAD DE MÉXICO).
- SEGURO SOCIAL. CUANDO SE AJUSTE UNA PENSIÓN POR INVALIDEZ, VEJEZ O CESANTÍA EN EDAD AVANZADA, DEBE CONSIDERARSE EL LÍMITE SUPERIOR DE DIEZ VECES EL SALARIO MÍNIMO GENERAL VIGENTE EN EL ENTONCES DISTRITO FEDERAL (AHORA CIUDAD DE MÉXICO) AL MOMENTO EN QUE FUE OTORGADA [ABANDONO DE LA TESIS AISLADA III.4o.T.47 L (10a.)].
- PENSIÓN POR INVALIDEZ, VEJEZ, O CESANTÍA EN EDAD AVANZADA. EL SALARIO MÍNIMO VIGENTE EN LA FECHA EN QUE SE OTORGA CONSTITUYE UN HECHO NOTORIO QUE LA JUNTA TIENE OBLIGACIÓN DE CONSULTAR AL RESOLVER EL JUICIO.
- INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE LOS CONVENIOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE DOBLE TRIBUTACIÓN. AL REALIZARLA DEBEN TOMARSE EN CUENTA TANTO SUS PREVISIONES Y TERMINOLOGÍA, COMO LO DISPUESTO EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL.
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA. PARA QUE UNA EMPRESA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE EJERCIÓ LA OPCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 6, NUMERAL 5, DEL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN E IMPEDIR LA EVASIÓN FISCAL EN MATERIA DE DICHA CONTRIBUCIÓN, PUEDA DEDUCIR EL PAGO DE INTERESES CON CARGO A LAS RENTAS INMOBILIARIAS PROCEDENTES DE MÉXICO O POR HABER TOMADO EN PRÉSTAMO EL CAPITAL AQUÍ INVERTIDO, DEBE REALIZAR LA RETENCIÓN RELATIVA.
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