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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el 28 de diciembre a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 y sus anexos 1 y 19.

La presente Resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2020 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2020.

El Título 12. denominado “De la prestación de servicios digitales” y las fichas de trámite 1/PLT a 5/PLT, contenidas en el Anexo 1-A, entrarán en vigor a partir del 1 de junio de 2020.

Hasta en tanto no se publiquen en el DOF las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020, las referencias a dichas Reglas se entenderán efectuadas a las Reglas Generales de Comercio Exterior vigentes.

Se dan a conocer los Anexos 1, 1-A, 3, 5, 7, 8, 11, 14, 15, 16, 16-A, 19, 23, 25, 25-Bis y 27.

Se prorrogan los anexos 2, 4, 6, 9, 10, 12, 13, 17, 18, 20, 21, 22, 24, 26, 26-Bis, 28, 29, 30, 31 y 32 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente hasta antes de la entrada en vigor de la presente Resolución, hasta en tanto no sean publicados los correspondientes a esta Resolución.


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