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El Servicio de Administración Tributaria informa que, en estricto apego al artículo 6 de la Constitución, que consagra el derecho a la máxima publicidad de la información pública, y el no menos estricto acatamiento a un mandato judicial, entregó al quejoso la información relativa al nombre, denominación social, clave de RFC, motivo y monto de créditos fiscales condonados o cancelados por el periodo del 1 de enero de 2007 al 4 de mayo de 2015.

Durante su participación, la Jefa del SAT, Margarita Ríos-Farjat, señaló que lo anterior se hizo con estricto respeto de la reserva de información, de la resolución del Poder Judicial de la Federación y después de un litigio en el que el quejoso, integrante de la asociación Fundar, obtuvo de un juez federal una sentencia en 2016 que obligaba al SAT a transparentar el nombre de los contribuyentes a quienes se les condonaron impuestos durante el periodo citado, resolución ejemplar e histórica que contribuye al civismo fiscal del país.

Ríos-Farjat refirió el origen: que el 21 de agosto de 2015 se solicitó al SAT, a través del INAI, la información relativa a condonaciones y cancelaciones otorgadas en ese periodo. Sin embargo, el SAT estaba imposibilitado para poder dar esta información porque la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de 2002 consideraba como información reservada los secretos fiscales; y el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación era aún más rígido en cuanto al secreto fiscal antes de 2014.

Si desea ver el contenido completo, dé clic en la siguiente liga:

https://www.gob.mx/sat/prensa/el-sat-entrega-informacion-decreditos-cancelados-y-condonados-com-062-2019

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