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C.P. Mario Can Marín

Presidente de la Comisión de Transparencia y Rendición de Cuentas

 

Como preámbulo y para abordar el tema de la fiscalización en México, es necesario remontarnos a 1437, cuando el rey Juan II de Castilla funda el Tribunal de Cuentas. Posteriormente, en 1453 fue creado por las Cortes Españolas, el Tribunal Mayor de Cuentas, el cual tenía la función determinada de la fiscalización de las cuentas de la Hacienda Real. A principios del siglo XVI, los nuevos colonos comenzaron a descubrir diversas materias primas valiosas, entre ellas el oro y la plata, generando la necesidad de inspeccionar los negocios de las nuevas tierras.

En 1524, se creó el Tribunal Mayor de Cuentas de la Nueva España, que tuvo como objetivo inicial y específico, la revisión de los gastos realizados en la expedición de Hernán Cortés. En 1605, el rey Felipe II promulga la fundación de tres Tribunales de Cuentas, ubicados en la Ciudad de México, en Lima, Perú y en Santa Fe, Colombia. Por lo que respecta a México, el Tribunal Mayor de Cuentas subsistió hasta 1824, año en que se expidió la primera Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, que establecía como facultad expresa del Congreso General revisar anualmente las cuentas al Gobierno Federal.

Es por ello por lo que, las actividades de fiscalización superior están estrechamente vinculadas en nuestro país con el México independiente, con la promulgación de la referida Constitución se creó la Contaduría Mayor de Hacienda, antecedente de la actual Auditoría Superior de la Federación, cuyas principales funciones se delinearon desde entonces. La evolución, organización y atribuciones de esta Institución se alternaron con las del Tribunal de Cuentas, al cual se le otorgaron adicionalmente facultades jurisdiccionales de fincamiento de sanciones.

Creada el 16 de noviembre de 1824, la Contaduría Mayor de Hacienda, continuó así hasta la promulgación de la ley del 14 de marzo de 1838 en que pasó a formar parte del Tribunal de Cuentas, el cual desapareció por decreto el 2 de septiembre de 1846, restableciéndose nuevamente la Contaduría Mayor de Hacienda, la que, con sus facultades anteriores, desarrolló su actividad hasta 1853. Esta última fecha marcó el retorno del Tribunal de Cuentas, el cual tuvo vigencia hasta el 10 de octubre de 1855, año en que se emitió otro decreto que la regresó a su figura de Contaduría Mayor de Hacienda, la cual operó hasta 1865, fecha en que se dio la Emisión Provisional del Imperio Mexicano que reconstruyó una vez más al Tribunal de Cuenta. Este, por última ocasión, funcionó hasta la restauración de la república en 1867. El 20 de agosto de dicho año, la Institución recuperó su nombre y concepción originales de Contaduría Mayor de Hacienda.1

De 1867 hasta 2000, la Contaduría Mayor de Hacienda no sufrió cambios en su denominación, habiendo operado durante ese periodo bajo un proceso más estable en su regulación jurídica, el cual contrastó con la etapa anterior, en la que fue sujeta a decretos que respondían, en la mayoría de las ocasiones, a situaciones de coyuntura principalmente de orden político, así como a necesidades apremiantes y circunstancias de ese tiempo.

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