Folio No.: 61/2018-2019 Aplicativo para la emisión de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales ha sido actualizado
A
LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS
COLEGIOS FEDERADOS Y A LA
MEMBRECIA
DEL IMCP
El Comité Ejecutivo Nacional del IMCP, a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el C.P.C. Mario Enrique Morales López, así como de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT que preside el C.P.C. David Nieto Martínez, en alcance al Folio No.: 55/2018-2019 Recomendación – Rechazo de dictámenes fiscales por falta de cumplimiento del 32-D del CFF emitido el pasado 15 de julio de 2019, les informamos que: el aplicativo elaborado por el Servicio de Administración Tributaria para la emisión de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales ha sido actualizado para dar cumplimiento a los requisitos establecidos en la regla 2.1.39. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019.
Por lo anterior, aquellos colegas que les hubieren rechazado un dictamen fiscal mencionando como causa que el contador público inscrito “no se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en los términos del Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación”, se les recomienda que, a partir de ésta fecha, obtengan nuevamente su opinión de cumplimiento asegurándose de que, en la sección de las notas, se encuentre la leyenda: “La presente opinión se emite considerando lo establecido en la regla 2.1.39. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019” como se muestra en la siguiente imagen:
Es importante considerar que este trámite solo puede hacerse con la e.firma.
Si la opinión revela algún incumplimiento, el contador público inscrito debe hacer las correcciones y aclaraciones que procedan antes de proseguir.
Si la opinión es positiva, recomendamos hacer el envío de sus dictámenes fiscales a la brevedad posible considerando que, de conformidad con la regla 2.13.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, pueden presentarse hasta el día 29 de julio de 2019, siempre y cuando se hubieren cubierto la totalidad de las contribuciones a más tardar el 15 de julio de 2019.
Sin otro particular, reciban un cordial saludo.
C.P.C.
Florentino Bautista Hernández
Presidente
c.c.
Comité Ejecutivo Nacional 2018-2019
*El
original se encuentra firmado en los archivos del IMCP
El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.