IMCP

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2024-2025

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A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS
Y A LA MEMBRESÍA DEL IMCP

 El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), por medio de la Vicepresidencia de Docencia, a cargo del L.C y Mtro. Tomás Humberto Rubio Pérez y de Vicepresidencia de Práctica Externa que preside la C.P.C. y L.D. Silvia Rosa Matus de la Cruz, informa de los lineamientos establecidos concernientes a los procesos de certificación profesional del IMCP en la Disciplina en Prevención de Lavado de Dinero y Anticorrupción (ECD-PLDA):

Justificación:

En los procesos de certificación de nueva creación, es práctica internacional otorgar la posibilidad de acceder al reconocimiento mediante una vía transitoria a aquellos profesionales que, al momento de la entrada en vigor de la certificación, han ejercido consistentemente en la materia y demostrado una trayectoria destacada. Este mecanismo permite honrar y reconocer la experiencia y contribución de quienes han cimentado la disciplina.

Objetivo:

Reconocer con la certificación en la disciplina de PLDA a los profesionales que, hasta el momento de la entrada en vigor de esta Certificación por Disciplina PLDA, han contribuido significativamente al desarrollo de esta, ya sea en LFPIORPI o Prevención de Lavado de Dinero Anticorrupción o ambas, mediante su práctica profesional, su docencia, su producción técnica o su participación en la formación del gremio.

Sujetos a los que aplica

Profesionales especialistas en las materias de prevención de lavado de dinero y/o anticorrupción, que cuenten con trayectoria y experiencia comprobable en al menos una de dichas áreas y actualización académica en la otra, y que cumplan con los requisitos establecidos en esta cláusula al momento de la entrada en vigor de la Certificación en PLDA.

Requisitos:

a. Formación Profesional

i. Contar con título profesional de Contador Público, Licenciado en Derecho o carrera afín, con una antigüedad mínima de tres años.

ii. Contar con cédula profesional expedida por la Dirección General de Profesiones.

b. Experiencia Profesional

i. Acreditar experiencia profesional continua mínima de tres años en actividades directamente relacionadas con la prevención de lavado de dinero y/o anticorrupción.

ii. En caso de contar con experiencia solo en una de las dos materias, deberá acreditar actualización profesional formal en la otra materia durante el mismo periodo.

 c. Actualización Profesional

Acreditar el cumplimiento de al menos 60 horas de Desarrollo Profesional Continuo (DPC) en los últimos tres años en la materia correspondiente, ya sea PLD, anticorrupción o ambas, mediante constancias emitidas por federadas del IMCP, colegios del notariado o que demuestren su desarrollo profesional continuo.

d. Prestigio Profesional

i. Contar con reconocimiento y prestigio profesional en el desempeño de sus funciones.

e. Evidencia Complementaria (se deberán presentar al menos dos de las siguientes):

 i. Ser autor o coautor de libros o manuales técnicos relacionados con PLD y/o anticorrupción.

ii. Publicación de al menos cuatro artículos por año durante cuatro años en revistas especializadas de circulación nacional.

iii. Presentar cartas de referencia emitidas por clientes en hoja membretada, con RFC y firma autógrafa, que acrediten servicios prestados en la materia.

iv. Haber impartido cátedra en PLD anticorrupción en una institución educativa pública o privada durante cuatro años.

v. Participación comprobable en investigaciones en las materias durante al menos cuatro años.

f. Documentación adicional

Currículum vítae actualizado, preferentemente en hoja membretada, especificando cargos y periodos, así como la experiencia específica en PLD anticorrupción.

Proceso de Evaluación y Emisión del Certificado

 1. Presentación de la solicitud

El interesado deberá presentar su solicitud ante su Colegio Federado, conforme a la convocatoria que emita el Comité Técnico (CT).

 2. Revisión inicial por federada

La federada integrará un Órgano Revisor de la Cláusula Transitoria, compuesto por:

  • Dos expresidentes de la federada
  • Presidente de la Comisión PLD local
  • Auditor de gestión
  • Responsable de Docencia, Certificación o DPC de la Federada

Este órgano emitirá un dictamen colegiado de aceptación o rechazo, firmado por todos los miembros.

  1. Derecho a dictamen en caso de rechazo

En caso de no cumplir con los requisitos, el solicitante tiene derecho a recibir un dictamen técnico que fundamente y motive el rechazo de su solicitud.

  1. Revisión nacional por el Comité Técnico

Los expedientes aceptados por la federada serán turnados al IMCP, en atención al presidente del CT, junto con el dictamen de aceptación.

  1. Junta Evaluadora Nacional

El CT designará una Junta Evaluadora que, mediante revisión técnica, podrá aprobar o rechazar el expediente. Su dictamen será informado por el CT al IMCP.

  1. Resolución oficial

La Gerencia de Certificación del IMCP notificará oficialmente al interesado si ha cumplido satisfactoriamente con los requisitos.

  1. Acta de otorgamiento del Certificado

Para formalizar la emisión del certificado por esta vía, el presidente del CT elaborará un acta administrativa firmada por:

a. Presidente del IMCP
b. Vicepresidentes de Docencia y Práctica Externa
c. Director Ejecutivo
d. Representante de Certificación del IMCP

Para mayor información, favor de comunicarse con el Mtro Arturo Morales Armenta, Gerente de Certificación y Calidad Profesional del IMCP, y/o con el Lic. Alma Leticia Campos Flores, Subgerente, a los teléfonos 55 5267 6443, o bien amoralesa@imcp.org.mx y acampos@imcp.org.mx

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

C.P. PCFI Héctor Amaya Estrella
Presidente del CEN del IMCP

c.c.p. Comité Ejecutivo Nacional 2024-2025
*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

Descarga el Folio 49.-Certificación en la Disciplina de Prevención de Lavado de Dinero y Anticorrupción


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