Folio No.: 48/2023-2024 Proyecto Oficial de la Comisión de Desarrollo Profesional Continuo del IMCP, de modificaciones a la Norma de Desarrollo Profesional Continuo
A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS
Y A LA MEMBRESÍA DEL IMCP
El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), por medio de la Vicepresidencia de Legislación, a cargo del C.P.C. Francisco Javier Álvarez Mendoza y de la Comisión de Desarrollo Profesional Continuo, que preside el C.P.C. Sergio Luis Moreno Moreno, con fundamento en los artículos 1.11, 5.1 y 5.2, inciso c) de los Estatutos del IMCP y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.20, incisos a) y b) del Reglamento de los Estatutos del IMCP, da a conocer el texto del Proyecto Oficial de la Comisión de Desarrollo Profesional Continuo del IMCP, de modificaciones a la Norma de Desarrollo Profesional Continuo (NDPC).
Este proyecto considera la siguiente Exposición de Motivos:
NUEVA CERTIFICACIÓN DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO Y ANTICORRUPCIÓN (ARTÍCULO 1.5 DE LA NORMA DE DESARROLLO PROFESIONAL CONTINUO)
- Por la relevancia que han tomado las directrices que nos indica la IFAC, se hace necesario contar con una nueva certificación en prevención de lavado de dinero, más moderna que incluya además de la norma aplicable, los temas legales más trascendentes relacionados con el combate y la penalización del lavado de dinero, así como conocimientos en el tema anticorrupción.
El nombre de la nueva disciplina sería: Profesionista Certificado en la Disciplina de Prevención de Lavado de Dinero y Anticorrupción (PCPLDA).
Con la liberación de este documento se da a conocer el Proyecto Oficial de la Comisión Desarrollo Profesional Continuo a las Federadas y a los asociados del IMCP, quienes tendrán un plazo de 2 (dos) meses para hacer llegar las observaciones o sugerencias que estimen pertinentes.
Una vez transcurrido el plazo para hacer llegar las observaciones o sugerencias, la Comisión de Desarrollo Profesional Continuo presentará a la consideración del CEN, los respectivos textos definitivos para ser promulgados como disposiciones fundamentales, para lo cual, si como resultado de la votación que se efectúe para dicho propósito, las dos terceras partes de la totalidad de los integrantes del CEN se pronuncian a favor de ello, serán aceptadas.
El plazo de 2 (dos) meses para que las Federadas y los asociados del IMCP hagan llegar al CEN y a la Comisión de Desarrollo Profesional Continuo sus observaciones o sugerencias que estimen pertinentes a este proyecto, inicia a partir de hoy 16 de agosto de 2024. Dichas observaciones o sugerencias deberán enviarlas directamente a las siguientes direcciones de correo electrónico:
C.P.C. Francisco Javier Álvarez Mendoza
Vicepresidente de Legislación del CEN del IMCP
vp.legislacion.2023-24@imcp.org.mx
C.P.C. Sergio Luis Moreno Moreno
Presidente de la Comisión de Desarrollo Profesional Continuo del IMCP
Sin otro particular, reciban un cordial saludo.
C.P. PCFI Héctor Amaya Estrella
Presidente del CEN del IMCP
c.c.p. Comité Ejecutivo Nacional 2023-2024
*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP
Descarga el anexo, aquí.