Folio No.: 46/2025-2026 Recomendaciones en el envío del SIPRED 2025

A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE

LOS COLEGIOS FEDERADOS

Y A LA MEMBRESÍA DEL IMCP

El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP) por conducto de la Vicepresidencia de Fiscal presidida por el C.P.C. Luis Carlos Figueroa Moncada, así como de la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del Servicio de Administración Tributaria, encabezada por el C.P.C. Parménides Lozano Rodríguez, comparte algunas recomendaciones a considerar para el envío de los dictámenes fiscales a través del Sipred 2025:

  1. El Contador Público Inscrito (CPI) y el contribuyente respecto del cual se emite el dictamen fiscal deben contar con su firma electrónica (e.firma) vigente.
  2. Si la vigencia de la e.firma concluye después de la fecha de presentación del dictamen fiscal, se sugiere renovarla una vez realizado el envío correspondiente. En caso de que la fecha de vencimiento sea cercana a la presentación del dictamen, se recomienda enviar previamente el o los dictámenes fiscales o, en su caso, realizar la renovación de la e.firma a la brevedad posible.
  3. Revisar y poner especial atención a la consistencia entre el “Informe proporcionado por el Contador Público Inscrito respecto del incumplimiento a las disposiciones fiscales y aduaneras” a que se refiere la ficha de tramite 138 / CFF, así como a la redacción sugerida del “Informe del Auditor Independiente” y el “Informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente”.
  4. El auditor debe revisar de inmediato su expediente como CPI ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), asegurándose que se encuentre vigente y en cumplimiento de los requisitos correspondientes conforme a la normatividad aplicable —Norma de Desarrollo Profesional Continuo (NDPC), Certificación Profesional (CPC), Socio activo del IMCP—.
  5. Verificar la opinión de cumplimiento fiscal y corroborar que esté en positiva de las obligaciones fiscales del contador público como contribuyente conforme al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación (CFF), para evitar rechazos en la presentación de los dictámenes fiscales que firme.
  6. Conservar las capturas de pantallas de los intentos de envío para contar con evidencia en caso de fallo, o que la aceptación no se logre antes de la fecha de vencimiento. Para lo anterior, personal del SAT estará atendiendo a los CPI que presenten evidencia con la finalidad de solucionar los inconvenientes que se presenten antes del envío de los dictámenes fiscales. Se recomienda acercarse a la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del Servicio de Administración Tributaria para asesoría adicional o su Colegio Federado al IMCP.

Derivado de las últimas sesiones de trabajo entre la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del Servicio de Administración Tributaria y funcionarios del SAT, nos presentaron estadísticas de los últimos tres años relativas al envío de los dictámenes fiscales, concluyendo que, entre el 13 y el 15 de mayo se ha presentado el 66, 72 y 68% de los dictámenes fiscales, respectivamente.

Ejercicio dictaminado Al

12 de mayo

13 de mayo 14 de mayo 15 de mayo Total
2022 34% 20% 18% 28% 100%
2023 28% 15% 31% 26% 100%
2024 32% 24% 26% 18% 100%
2025 5%

Notas: Dictámenes del ejercicio 2025 presentados al 06 de mayo de 2026 a las 18:00 hrs.: 429.No se han reportado fallas o incidencias en el sistema SIPRED 2025.

La tendencia en la presentación de los dictámenes fiscales del ejercicio 2025 podría originar complicaciones operativas y/o saturación de los sistemas del SAT. Con la finalidad de mitigar cualquier inconveniente en el proceso de envío, tanto el SAT como el IMCP sugieren los siguientes procedimientos que ayudaran a resolver y solventar los posibles errores que surjan en los próximos días, previos al 15 de mayo de 2026:

  • Directo con el SAT

En virtud que no existe una ficha de tramite oficial para estos fines, el SAT propone utilizar la ficha de tramite 135/CFF “Aviso de contadores públicos y despachos” poniendo en el titulo SIPRED 2025, donde se puede describir y/o poner evidencia del error o irregularidad detectada para que funcionarios del SAT den seguimiento.

  • Vía el IMCP

Enviando un correo a la Comisión Representativa del IMCP ante las Administraciones Generales de Fiscalización del Servicio de Administración Tributaria describiendo los hechos o irregularidades, así como adjuntando evidencia del asunto en cuestión, dicha información se compartirá con funcionarios del SAT.

comision.agaff@imcp.org.mx

Por lo anterior, se recomienda efectuar los envíos con oportunidad y verificar la obtención de los acuses de aceptación correspondientes.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P. y PCCAG Ludivina Leija Rodríguez

Presidenta del CEN

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2025-2026

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.

Folio No.: 46/2025-2026 Recomendaciones en el envío del SIPRED 2025

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