Folio No.: 4/2025-2026 Tratamiento de la Información de Sostenibilidad bajo las Normas de Información de Sostenibilidad (NIS) en el contexto de la auditoría de estados financieros
A LOS CUERPOS DIRECTIVOS
DE LOS COLEGIOS FEDERADOS
Y A LA MEMBRESÍA DEL IMCP
El Comité Ejecutivo Nacional del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP), por medio de la Vicepresidencia de Legislación, a cargo del C.P.C. Bernardo Soto Peñafiel, así como de la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento (CONAA) y de la Subcomisión de Sostenibilidad de la CONAA, que presiden el C.P.C. Jorge Enrique Santibáñez Fajardo y la C.P.C. Claudia Stela Guzmán Reyes, respectivamente, hace de su conocimiento lo siguiente:
El 20 de noviembre de 2024 se emitió el Folio No.: 2/2024-2025, relativo a la normatividad de auditoría y aseguramiento en relación con la información
de sostenibilidad que, de acuerdo con las Normas de Información de Sostenibilidad (NIS), emitidas por el Consejo Mexicano de Normas
de Información Financiera y de Sostenibilidad (CINIF), debe revelarse como parte de las notas a los estados financieros básicos de una entidad que prepara dichos estados financieros de conformidad con las Normas de Información Financiera (NIF) mexicanas.
En este folio se informan las siguientes conclusiones, en relación con los informes de auditoría:
- La información de sostenibilidad, con independencia de su ubicación, ya sea en notas a los estados financieros o en un informe independiente, no forma parte del alcance de la auditoría de los estados financieros, ya que las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) establecen que la auditoría es un trabajo que consiste en el examen de información financiera histórica, preparada de conformidad con un marco de información financiera; por lo que, al no ser la información de sostenibilidad parte del marco de información financiera, no está cubierta por el examen de los estados financieros.
- La información de sostenibilidad que se incluya en las notas a los estados financieros será tratada, para fines de un informe de auditoría, como “otra información”, por lo que aplicarán en su tratamiento las NIA 700 y 720, que establecen la responsabilidad del auditor con respecto a “otra información”, indicando que la opinión del auditor no cubre dicha información y no expresa ninguna forma de conclusión que proporcione un grado de seguridad sobre esta.
Se han recibido diversas preguntas y comentarios relacionados con interpretaciones del Folio No.: 2/2024-2025. En respuesta a estas preguntas y comentarios, se ratifican las conclusiones de dicho folio, emitido el 20 de noviembre de 2024 y a continuación se muestran dos escenarios posibles:
- Cuando las entidades revelen la información requerida por las NIS, como parte de las notas a sus estados financieros auditados, preparados de conformidad con las NIF.
Dentro del informe del auditor se incluirá un párrafo de “Otra información” de conformidad con las NIA 700 y 720, como se indica en las conclusiones del Folio
No.: 2/2024-2025. A continuación, se incluye un ejemplo de un párrafo de “Otra información”, relativo a información de sostenibilidad, cuando no se han identificado incongruencias o incorrecciones materiales, conforme se establece en la NIA 720.
Otra información – Información de sostenibilidad
La dirección es responsable de la otra información-Información de sostenibilidad que se incluye en la nota XX de los estados financieros.
Nuestra opinión sobre los estados financieros no cubre la información de sostenibilidad y no expresamos ninguna forma de conclusión que proporcione un grado de seguridad sobre esta.
En relación con nuestra auditoría de los estados financieros, nuestra responsabilidad es leer la otra información–Información de sostenibilidad y, al hacerlo, considerar si existe una incongruencia material entre la información de sostenibilidad y los estados financieros o el conocimiento obtenido por nosotros en la auditoría o si parece que existe una incorrección material en la información de sostenibilidad por algún otro motivo. Si, basándonos en el trabajo que hemos realizado, concluimos que existe una incorrección material en esta otra información-Información de sostenibilidad, estamos obligados a informar de ello. No tenemos nada que informar a este respecto.
- Cuando las entidades no revelen la información requerida por las NIS, como parte de las notas a sus estados financieros auditados, preparados de conformidad con las NIF.
Debido a que el informe del auditor no cubre la información de sostenibilidad, la no inclusión de esta información en las notas a los estados financieros, preparados de conformidad con NIF, no requiere mención alguna en el informe del auditor.
Sin otro particular, reciban un cordial saludo
C.P. y PCCAG Ludivina Leija Rodríguez
Presidenta del Comité Ejecutivo Nacional
c.c.p. Comité Ejecutivo Nacional 2025-2026
*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP
El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.


