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A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE

LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECIA DEL IMCP

El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el P.C.FI. y Lic. Héctor Amaya Estrella y de la Presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) del IMCP, L.C.P. Cristina Zoé Gómez Benavides, les informamos lo siguiente:

De conformidad con el artículo 156 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, el patrón deberá presentar el aviso para dictaminar el cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal inmediato anterior, por lo que el  plazo para presentar el aviso para dictaminar el cumplimiento de obligaciones del ejercicio 2020 vence el próximo 3 de mayo de 2021.

 Consideraciones importantes:

No se contempla por parte de la autoridad ninguna excepción respecto a la fecha de vencimiento de este plazo, por lo que resulta necesaria la anticipación en la presentación,  previendo que cualquier falla tecnológica impida la presentación en tiempo y el rechazo en consecuencia.

Es conveniente que se verifique la congruencia con los domicilios fiscales y los reportados para efectos del IMSS, tanto del patrón como del CPA y evitar así el rechazo de los avisos con las implicaciones que esto podría tener para el patrón o las sanciones previstas en la norma para el CPA.

Para la presentación de los avisos de dictamen es necesario ingresar al SIDEIMSS con la e. Firma del Contador Público Autorizado y del Representante Legal, es importante entonces verificar que estas se encuentren vigentes.

En caso de que surja algún inconveniente, sugerimos documentarlo y solicitar apoyo al IMSS a través del correo soporte.dictamen@imss.gob.mx, subrayando que esta cuenta de correo es exclusiva para la atención de temas técnicos sobre el SIDEIMSS y que los aspectos sobre criterios o aplicación de la normatividad deberán efectuarse mediante las vías correspondientes.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. y Mtra. Diamantina Perales Flores

Presidente

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2020-2021

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.

Folio 58/2020-2021.- Actualización de la fecha límite para presentar el aviso de Dictamen ante el IMSS.


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