Folio 57/2021-2022 Invitación a obtener certificación por petición de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS
COLEGIOS FEDERADOS Y A LOS ASOCIADOS DEL IMCP
El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP), por medio de la Presidencia, la Vicepresidencia de Práctica Externa y la Comisión Nacional de Prevención de Lavado de Dinero y Anticorrupción, presididas por la Dra. Laura Grajeda Trejo; C.P.C., PCFI y PCPLD Silvia Rosa Matus de la Cruz y la C.P.C., PCPLD y L.D. Angélica María Ruiz López, respectivamente, comunica a toda la membrecía del IMCP que en reunión de trabajo llevada a cabo el pasado 28 de septiembre con el titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Lic. Pablo Gómez Álvarez, se solicitó al IMCP que, en el marco del convenio de colaboración vigente firmado por los representantes de ambas instituciones, invite a sus asociadas y asociados para que realicen el proceso de certificación previsto en el artículo 34 Bis de las Reglas de Carácter General a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), a fin de que la UIF acredite a las personas físicas que realizan Actividades Vulnerables, que cuentan con los conocimientos necesarios para el cumplimiento del régimen de Prevención de Lavado de Dinero y Combate al Financiamiento al Terrorismo (PLD/CFT) y los estándares internacionales en la materia, ello en correspondencia a la solicitud por parte de las representantes del IMCP en dicha reunión de que esta autoridad reconozca para los efectos conducentes la Certificación en materia de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de procedencia ilícita del IMCP. Situación que será analizada por la UIF.
La certificación tiene como objetivo profesionalizar a las personas físicas que realizan Actividades Vulnerables (artículos 17 y 20 de la LFPIORPI), para el fortalecimiento del régimen PLD/CFT y los estándares internacionales en la materia.
De acuerdo con la base tercera de la Convocatoria, podrán obtener la certificación:
- Las personas físicas que realizan Actividades Vulnerables a las que se refiere el artículo 17 de la LFPIORPI.
- Las personas responsables encargadas de cumplimiento que hayan aceptado su designación conforme al artículo 20 de la LFPIORPI.
- Aquellas personas que cumplan con lo establecido en la Convocatoria.
En los siguientes enlaces se puede ubicar la siguiente información:
- Las infografías sobre la certificación: https://www.gob.mx/uif/galerias/certificacion-pld-uif?idiom=es
- La información relacionada con el proceso de obtención de la certificación: https://www.gob.mx/uif/acciones-y-programas/convocatoria-2022-310289
Asimismo, se hace un recordatorio a la membrecía de que el IMCP lleva a cabo un proceso de evaluación con el objetivo de otorgar por medio del Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (CENEVAL) una certificación que acredite a los Contadores Públicos, auditores y demás profesionistas encargados del cumplimiento de la LFPIORPI como asesores, revisores, evaluadores o personas que llevan a cabo Actividades Vulnerables, que cuentan con los conocimientos técnicos, teóricos y prácticos mínimos necesarios en materia de prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita, proceso que se lleva a cabo en cuatro periodos nacionales al año.
Sin otro particular, reciban un cordial saludo.
Atentamente
Dra. Laura Grajeda Trejo
Presidenta del CEN
c.c.p. Comité Ejecutivo Nacional 2021-2022
*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP