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A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE

LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECIA DEL IMCP

El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el P.C.FI. y Lic. Héctor Amaya Estrella y de la Presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) del IMCP, L.C.P. Cristina Zoé Gómez Benavides, les informamos lo siguiente:

De conformidad con el artículo 156 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, el patrón deberá presentar el aviso para dictaminar el cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal inmediato anterior, por lo que el  plazo para presentar el aviso para dictaminar el cumplimiento de obligaciones del ejercicio 2020 vence el próximo 30 de abril de 2021.

Consideraciones importantes:

No se contempla por parte de la autoridad ninguna excepción respecto a la fecha de vencimiento de este plazo, por lo que resulta necesaria la anticipación en la presentación,  previendo que cualquier falla tecnológica impida la presentación en tiempo y el rechazo en consecuencia.

Es conveniente que se verifique la congruencia con los domicilios fiscales y los reportados para efectos del IMSS, tanto del patrón como del CPA y evitar así el rechazo de los avisos con las implicaciones que esto podría tener para el patrón o las sanciones previstas en la norma para el CPA.

Para la presentación de los avisos de dictamen es necesario ingresar al SIDEIMSS con la e. Firma del Contador Público Autorizado y del Representante Legal, es importante entonces verificar que estas se encuentren vigentes.

En caso de que surja algún inconveniente, sugerimos documentarlo y solicitar apoyo al IMSS a través del correo soporte.dictamen@imss.gob.mx, subrayando que esta cuenta de correo es exclusiva para la atención de temas técnicos sobre el SIDEIMSS y que los aspectos sobre criterios o aplicación de la normatividad deberán efectuarse mediante las vías correspondientes.

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

C.P.C. y Mtra. Diamantina Perales Flores

Presidente

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2020-2021

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.

Folio 56/2020-2021.- Plazo para presentar el aviso de Dictamen ante el IMSS.


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