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A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE

LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECIA DEL IMCP

El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), a través de la Vicepresidencia de Fiscal que preside el P.C.FI. y Lic. Héctor Amaya Estrella y de la Presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) del IMCP, L.C.P. Cristina Zoé Gómez Benavides, les informamos lo siguiente:

  1. Reglas para la presentación del Aviso de dictamen.
  2. Requisitos para la recepción del aviso de dictamen de forma presencial y electrónica.
  3. Formato correspondiente y demás documentación obligatoria misma que se encuentra en la página electrónica del INFONAVIT.

Documentos generales:

  1. Aviso para dictaminar debidamente requisitado y firmado autógrafamente por el patrón o su representante legal y el Contador Público Autorizado (CPA) por duplicado (formato D1-01).
  2. Constancia de Registro del Contador Público Autorizado debidamente fundado y firmada por funcionario competente (no se aceptará como constancia formato impreso de la página del INFONAVIT o sin firma autógrafa del funcionario competente).
  3. Constancia de Cumplimiento de la Norma de Educación Profesional Continua del Contador Público Autorizado que va a elaborar el dictamen (copia con sello de recibido de la Delegación a la que corresponda el domicilio fiscal del CPA).
  4. Si el giro del patrón es la construcción, una relación de obras vinculadas al registro patronal (en formato Excel). En este caso, el período corresponde al mismo de la ejecución de la obra.

Documentos para la presentación de aviso de dictamen por primera ocasión:

  1. Acta constitutiva y modificaciones a la misma (en caso de ser persona moral).
  2. Formato de inscripción patronal (AFIL-01) o tarjeta de identificación patronal del RP correspondiente al domicilio fiscal del patrón.
  3. Identificación oficial del patrón en caso de ser persona física o identificación oficial del representante legal en caso de ser persona moral; o persona física con representante legal.
  4. Constancia de situación fiscal del patrón (emitida por el SAT) no mayor a diez días.
  5. Poder notarial e identificación oficial del representante legal (en caso de ser persona moral o física con representación legal).

Documentos para la presentación de aviso de dictamen subsecuente:

  1. Identificación oficial del patrón en caso de ser persona física o identificación oficial del representante legal en caso de ser persona moral; o persona física con representante legal.
  2. Poder notarial e identificación oficial del representante legal (en caso de ser persona moral o física con representación legal.
  3. Formato de inscripción patronal (AFIL-01) o tarjeta de identificación patronal del RP correspondiente al domicilio fiscal del patrón.
  4. Constancia de situación fiscal del patrón (emitida por el SAT) no mayor a diez días.

Para la presentación del aviso de forma electrónica, los requisitos deberán ser digitalizados y enviados a los correos electrónicos oficiales siguientes:

  • Los interesados deberán señalar expresamente la dirección de correo electrónico que utilizarán como medio de contacto, así, como uno alterno; adicionalmente a ello, adjuntarán imágenes digitales en formato PDF de los documentos requisitados.
  • En caso de que se requiera enviar archivos comprimidos, deberán entregarse en formato *.zip.
  • Solo se recibirá un aviso por correo, de lo contrario no serán aceptados para su validación.
  • En el asunto del correo deberá decir el nombre del patrón y el ejercicio al que corresponda, todo con mayúsculas, sin comas ni guiones altos o bajos, previo de indicar que es Aviso de Dictamen.

Nota importante:

El aviso podrá presentarse por medios electrónicos o de forma presencial hasta el 31 de mayo de 2021, otorgando un mes de prórroga.

 

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

  

C.P.C. y Mtra. Diamantina Perales Flores

Presidente

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2020-2021

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.

Folio 54/2020-2021.- Presentación del aviso de Dictamen ante el INFONAVIT


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