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A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE

LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA MEMBRECIA DEL IMCP

 

El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP), mediante su Presidencia, en forma conjunta con la CROSS del IMCP, les informamos lo siguiente:

 

En el Diario Oficial se publicó el 4 de mayo de 2020 el aviso donde se declaran como inhábiles los siguientes días:

 

  • A partir del 5 de mayo de 2020 y hasta la fecha que se determine por el Instituto.

 

  • Los plazos establecidos en el Artículo 46-A primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, se suspenderán por el periodo comprendido en la fracción que antecede.

 

 

Para mayor información, se anexa Aviso publicado en el Diario Oficial por el que se hace del conocimiento del público en general la suspensión de plazos y términos legales para efectos de los actos y procedimientos a cargo del Instituto Nacional de la Vivienda para los Trabajadores como organismo fiscal autónomo, derivado de la contingencia sanitaria COVID-19.

 

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

 

 

C.P.C. y Mtra. Diamantina Perales Flores

Presidente

 

 

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2019-2020

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP

El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.

Folio 49.- IMCP. Aviso de los días que se considerarán inhábiles para efectos de los actos y procedimientos a cargo del INFONAVIT por COVID-19.

Anexo Folio 49.- IMCP. Aviso de los días que se considerarán inhábiles para efectos de los actos y procedimientos a cargo del INFONAVIT por COVID-19.