Folio 39/2019-2020.- Boletín de Prensa No. 191/2020 del H. Consejo Técnico del IMSS publicado el 13 de abril de 2020
A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE
LOS COLEGIOS FEDERADOS Y A LA
MEMBRECÍA DEL IMCP
El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP) mediante la Vicepresidencia de Fiscal, en forma conjunta con la CROSS del IMCP, informa que el 13 de abril del presente, por medio del Boletín de Prensa 191/2020, el Instituto Mexicano del Seguro Social, en virtud de la pandemia del COVID-19, da a conocer los instrumentos legales y administrativos para facilitar el correcto pago de las cuotas obrero-patronales, considerando lo siguiente:
- Convenio para pago en parcialidades de conformidad con los artículos 40-C y 40-D de la Ley del Seguro Social: El Importe inicial a cubrir será del 20% de la cuota patronal y del 100% de la cuota obrera. El resto se podrá diferir hasta un máximo de 48 meses generando actualización y recargos más el interés.
- Garantía: No se requerirá ningún tipo de interés con base en el Acuerdo del Consejo Técnico número ACDO. AS2. HCT.300419/150.P.DIR, del 30 de abril de 2019.
- Disminución de multas: Con base en el Acuerdo del H. Consejo Técnico 187/2003, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 2003, las multas pueden ser disminuidas de cubrir oportunamente los compromisos convenidos.
- Descuento de hasta 7 días de ausentismo: Solo se pagará la cuota que corresponde al seguro de Enfermedades y Maternidad, de acuerdo con el artículo 31 de la Ley del Seguro Social.
- Días inhábiles: Por el período comprendido del 31 de marzo de 2020 y hasta la fecha en que el Consejo Técnico determine que han cesado las causas que le dieron origen (declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor decretada por la autoridad sanitaria).
Para más información, se anexa el Boletín de Prensa No. 191/2020 referido.
Sin otro particular, reciban un cordial saludo.
C.P.C. y Mtra. Diamantina Perales Flores
Presidente
C.C.P. Comité Ejecutivo Nacional 2019-2020.
*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP.
El contenido de este folio es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita solo a su difusión.