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Fiscoactualidades

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El C.P.C. y MI. JOSÉ PAUL HERNÁNDEZ COTA, integrante de la Comisión Fiscal, realizó un análisis referente a la “Retos de las donatarias autorizadas para 2021”.

En nuestro país existen miles de Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), que llevan a cabo actividades de asistencia social o de beneficencia, que son apoyo y soporte a las tareas que corresponden al Gobierno.
Este tipo de organizaciones tienen un tratamiento fiscal especial en el Título III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) llamado de las Personas Morales con Fines No Lucrativos, quienes son consideradas no contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

En los últimos años, las autoridades fiscales han puesto en la mira a las entidades que cuentan con autorización por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para recibir donativos deducibles, ya que a juicio de las autoridades fiscales a través de ellas se pueden presentar abusos tanto en la obtención como en el destino de sus recursos.

Por tal motivo, se han incorporado tanto en Ley como en Resolución Miscelánea requisitos y obligaciones que ponen en riegos la existencia de las donatarias autorizas, dentro de las nuevas regulaciones destacan el requisito de informar sobre la transparencia de sus recursos y reformas a la Ley respecto del porcentaje de ingresos permitidos que no sean de su objeto por el cual obtuvieron la mencionada autorización, ampliación de los supuestos que las obligan a transferir su patrimonio y la obligación de contar con Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) para deducir las erogaciones realizadas.

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