CROSS Informa 2022-04 ¿QUÉ HACER DESPUÉS DE OBTENER TU FOLIO EN EL REGISTRO DE PRESTADORAS DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS U OBRAS ESPECIALIZADAS (REPSE)?
L.D. José Luis Sánchez García
Integrante de la CROSS Nacional
Como ya es bien sabido, el día 23 de abril de 2021, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (LFT); de la Ley del Seguro Social (LSS); de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (LINFONAVIT); del Código Fiscal de la Federación (CFF); de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR); de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Subcontratación Laboral.
Del contenido de la reforma en cuestión, se advierte que la misma tuvo como principal énfasis eliminar la Subcontratación “laboral” en México, regulada hasta antes de la reforma en el artículo 15-A de la LFT, dejando abierta la posibilidad de los particulares puedan prestar o beneficiarse de servicios u obras denominadas ahora en la LFT como especializadas.
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