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L.C.C. Mauricio Valadez Sánchez

Integrante de la CROSS Nacional

Con fecha 11 de enero de 2021 se Publicó en el Diario Oficial de la Federación Reforma al artículo 311 y se adiciona el Capítulo XII-Bis en la Ley Federal del Trabajo, Capítulo que regula la modalidad de Teletrabajo, donde se incorporan a la Ley los artículos 330-A al 330-K.

Esta reforma pretende atender a la necesidad de ponerse al día en la evolución constante y muy dinámica de las relaciones de trabajo, principalmente motivadas por la pandemia del COVID-19 que está afectando literalmente a todo el mundo.

Es importante identificar a la modalidad de teletrabajo como una opción viable que produce beneficios a la sociedad, a las organizaciones y al medio ambiente.

Uno de los principales temas que expone el legislador en la exposición de motivos para dar efecto a esta reforma es regular y promover el teletrabajo como un instrumento de generación de empleo y autoempleo mediante la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones. Al tiempo de que contribuye al propósito de lograr sociedades más incluyentes, participativas y con mejor calidad de vida, donde es posible conciliar vida, trabajo, reducir los efectos al medio ambiente y el estrés en las personas por el uso de vehículos y transporte público, entre otros aspectos.

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