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C.P.C. Rubén Darío Davalos Palomera

Integrante de la CROSS Nacional

Quizá el tema más comentado en el último año y ahora más, por estar próximo su pago, es la limitante que tiene la PTU para su distribución.

Es por ello por lo que queremos compartir con ustedes los 5 aspectos que estimamos más importantes que deben tenerse en consideración al momento de realizar su cálculo, además de hablar de la limitante establecida para la distribución de la PTU.

Si bien históricamente y en la práctica se considera que la PTU la determina el patrón, en realidad, conforme a los lineamientos legales, debe ser una comisión integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón, quien formula el proyecto de distribución donde se determina la PTU que recibirá cada trabajador.

En caso de que no se pongan de acuerdo los representantes del patrón y de los trabajadores a través de la comisión indicada de cuánto será la PTU que deba repartirse, quien decidirá la cantidad citada será el Inspector del Trabajo.

Lo anterior implica que, la cantidad a repartir, así como los supuestos y mecánica de cálculo para su determinación, deba estar consignada en las actas que con motivo de la conformación y operación de la Comisión se realicen, no solo para tranquilidad de los trabajadores y cumplimiento de las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, sino de cualquier Autoridad que pudiera cuestionar o solicitar revisar el cálculo citado dentro de sus atribuciones y plazos establecidos.

Para ver el documento completo, dé clic aquí.


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