Boletín de la Comisión Nacional de Prevención de Lavado de Dinero y Anticorrupción 74 / Enero 2024
Tipología “monta deudas”
Mtra. Reyna Miguel Santillán
Integrante de la Comisión Nacional de Prevención de Lavado de Dinero y Anticorrupción del IMCP
Introducción
En 2022 se documentaron denuncias ciudadanas, en las cuales se señaló que, por medio de YouTube, TikTok, Facebook, X (antes Twitter), Instagram y Gmail, aplicaciones móviles, ofrecieron préstamos inmediatos con mínimos requisitos y sin consultar el buró de crédito, haciéndose pasar por entidades del sistema financiero. En la publicidad de las aplicaciones señalaron que los montos de los préstamos fueron desde $500 hasta $20,000.
Sin embargo, el monto real del depósito nunca excedió de los $9,900, pues se argumentaron gastos por el uso de la aplicación y cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA), por lo que la deuda inicial fue de $14,000, más el pago de intereses, los cuales llegaron hasta 85% semanal.
En las denuncias se ha señalado que, luego de descargar la aplicación, tuvieron que aceptar los términos y condiciones (de la misma) que implica otorgar permiso para el acceso a sus contactos, fotografías, ubicación, cámara, recepción de mensajes de texto y llamadas, además de proporcionar un número de cuenta bancario para recibir el depósito del préstamo.
El préstamo era dispersado a minutos de hacer la solicitud vía SPEI mediante una Institución de Tecnología Financiera (TI), la cual se identificó que fue utilizada por las empresas dueñas de las aplicaciones para el envío y recepción de los préstamos y el cobro de los intereses. Se identificó que las aplicaciones incumplían los términos anunciados respecto a los plazos, ya que, sin autorización ni notificación previa, adelantaban el día de pago y cobro de los intereses.
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