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Propuesta de cédula de identificación del beneficiario controlador

(Resolución Miscelánea Fiscal 2022)

C.P.C., L.D. y M.F. Luis Ignacio Acosta Trejo

Lic. y Mtro. Juan Antonio Barragán Carbajal

Integrantes de la Comisión Nacional de Prevención de Lavado de Dinero y Anticorrupción

Con la Reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF), a partir de 2022, las personas morales están obligadas a identificar y mantener actualizada la información y documentación de sus Beneficiarios Controladores (BC), para lo cual, por medio de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) la autoridad dio un listado de puntos a considerar para su identificación, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de quienes estén obligados a obtener, conservar y, en su caso, proporcionar al Servicio de Administración Tributaria (SAT), la información fidedigna, completa y actualizada de sus BC, por lo que en este boletín se propone un formato general de cédula de identificación del beneficiario controlador.

Esta Cédula complementa el Boletín 4. “El beneficiario final o beneficiario controlador desde la perspectiva de la LFPIORPI (Primera parte)” consultable aquí y el 5. “El beneficiario controlador desde la perspectiva del Código Fiscal de la Federación (Segunda parte)” también consultable aquí emitidos por esta Comisión.

Descarga el archivo, aquí.