Boletín Conferencia de Prensa. 17 agosto 2022.
POSICIONAMIENTO TÉCNICO DEL IMCP – COMPLEMENTO CARTA PORTE, CITAS ANTE EL SAT Y CARTAS INVITACIÓN
En fechas recientes fue publicado el Informe Tributario y de Gestión del Servicio de Administración Tributaria (SAT), correspondiente al Segundo Trimestre de 2022, en el que se destacan, entre otros aspectos, los siguientes.
Complemento Carta Porte
En el Informe Tributario y de Gestión del Segundo Trimestre de 2022, no se incluyen cifras nuevas respecto al complemento Carta Porte, sin embargo, con el dato de implementación de la facturación 4.0, el cual señala que de enero a junio se emitieron más de 4 mil 705 millones de facturas electrónicas y se incorporaron al esquema 354 mil 901 contribuyentes nuevos, equivalente apenas a un 3.3% del total de los emisores, consideramos que, a poco más de un mes de que entre en vigor la obligatoriedad de la expedición del CFDI con complemento Carta Porte sin errores (1 de octubre), no existen las condiciones adecuadas para ello.
Actualmente hay más de 80 millones de contribuyentes en todo el país y, de ellos, estimamos que alrededor de 14 millones transitan mercancías en territorio nacional. De acuerdo con el último informe que muestra el SAT, solamente 67 mil contribuyentes están emitiendo el CFDI con complemento Carta Porte. Cabe destacar que estos últimos han logrado cumplir con esta disposición debido a que poseen la infraestructura, recursos económicos y humanos para realizarlo, ventajas con las que desafortunadamente el resto de contribuyentes no cuentan.
Ante el poco avance que se tiene al respecto, el pasado 11 de agosto el IMCP sostuvo una reunión con autoridades del SAT, en el que, entre otros temas, retomamos el escrito presentado el pasado 20 de junio donde solicitamos que se otorgue una prórroga para que su aplicación sea obligatoria hasta el 1 de enero de 2023 y manifestamos nuestra preocupación respecto a que los datos contenidos en el complemento Carta Porte puedan poner en riesgo la integridad de los contribuyentes y transportistas. Asimismo, hicimos énfasis en que este documento sea solo de traslado y no de legal posesión de la mercancía.
Por ello, seguiremos insistiendo en nuestra postura para sensibilizar a la autoridad en este tema y lograr que la aplicación obligatoria de este complemento sin errores comience a partir del próximo año.
Citas ante el SAT
En el citado Informe Tributario y de Gestión del Segundo Trimestre de 2022, el SAT da a conocer las cifras respecto a la atención de contribuyentes en los siguientes rubros:
- En las oficinas del SAT y por medio de SAT ID.
- Durante la campaña de Declaración Anual 2021.
- A través del Centro de Atención Remota de Servicios al Contribuyente (CAREC).
No obstante el avance que menciona el SAT respecto a estos puntos, la retroalimentación recibida por parte de nuestras Comisiones de Trabajo, Colegios Federados y membrecía indica que las citas otorgadas por la autoridad siguen siendo insuficientes, lo cual complica el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes.
En especial, hemos detectado que quienes reportan mayores dificultades son las personas morales, situación que nos preocupa, ya que son justamente estas las que generan una mayor recaudación y, al no poder cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales, esto podría ocasionar un problema en el pago de impuestos y generar multas o recargos innecesarios.
En la reunión referida del 11 de agosto, dimos seguimiento a las propuestas enviadas como IMCP a la autoridad el pasado 29 de junio, las cuales pueden apoyar el cumplimiento de obligaciones fiscales que impliquen la necesidad de generar una cita ante el SAT y, de esta forma, ayudar a atender el rezago que existe actualmente.
Cartas invitación del SAT
Las “cartas invitación” no son consecuencia de los procedimientos de fiscalización previstos en el Código Fiscal de la Federación (CFF) como parte de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales, sino que se trata de una auténtica invitación a aclarar diferencias o situaciones que comúnmente se derivan del análisis de la información contenida en las bases de datos que tiene la autoridad fiscal en sus sistemas.
Si bien no es una obligación, el no atender estas cartas invitación podría generar que la autoridad ejerza una facultad de comprobación al contribuyente y, en su caso, detectar mayores irregularidades.
Por ello, hacemos un llamado a la autoridad para que esta medida sea encauzada de la mejor manera, y que represente una auténtica oportunidad de atender los requerimientos del SAT con la correcta asesoría de un Contador Público Certificado y que, como contribuyentes, nos permita aclarar o, en su caso, regularizar nuestra situación fiscal.
Comentarios finales
En el IMCP mantenemos firme nuestro compromiso de seguir contribuyendo con las autoridades en materia fiscal, para sumar esfuerzos y encontrar estrategias conjuntas, con el objetivo de colaborar al crecimiento de nuestro país.
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