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POSICIONAMIENTO TÉCNICO DEL IMCP

Factura electrónica 4.0

El pasado miércoles 8 de junio, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer la prórroga de la nueva factura electrónica versión 4.0 al 1 de enero de 2023.

En el IMCP consideramos un acierto esta decisión, propuesta que realizamos respetuosamente en diferentes foros públicos y medios de comunicación, y que permite a los contribuyentes cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales.

De acuerdo con datos del SAT en el apartado “Composición del padrón de contribuyentes”, son casi 61 millones quienes deben cumplir con esta obligación, entre ellos, 46.4 millones de asalariados, más 12.5 de personas físicas con actividades empresariales y 2.2 millones de personas morales.

En el Informe Tributario y de Gestión del Primer Trimestre de 2022, se menciona que, en ese periodo, solo 0.28% de las facturas emitidas corresponden a la versión 4.0, lo cual indica que un gran número de contribuyentes deberá prepararse para implementar esta versión antes del 1 de enero de 2023.

Constancia de situación fiscal

En este tema no se debe bajar la guardia, ya que la constancia es necesaria para la expedición correcta de los CFDI, pues incluye elementos indispensables que se incorporan a estos comprobantes para su deducibilidad.

Por ello, es importante que los contribuyentes se acerquen a un Contador Público, para aprovechar estas opciones, con el fin de cumplir adecuadamente sus obligaciones.

Complemento Carta Porte

Reiteramos a la autoridad hacer extensiva la prórroga otorgada para la facturación electrónica 4.0 al 1 de enero de 2023, para la obligatoriedad del CFDI con complemento Carta Porte sin errores, y que esta sea solo de traslado y no de legal posesión de las mercancías, debido a que la información que al momento se requiere contiene datos sensibles que pueden atentar contra la integridad física de los contribuyentes y transportistas, por el clima de inseguridad que se vive en el país.

El “Informe Tributario y de Gestión del Primer Trimestre de 2022” precisa que, de las facturas con el complemento Carta Porte expedidas durante el primer trimestre de 2022, apenas 0.25% corresponden a la versión 4.0.

Actualmente nos encontramos en un periodo de transición que termina el 30 de septiembre, en el que si bien existe la obligación de expedir el complemento desde el 1 de enero de 2022, aún no aplican sanciones por su incorrecta emisión. En caso de no generarlo, estando obligado a ello, la multa será de 400 a $600 por cada comprobante fiscal.

A partir del 1 de octubre las personas que no cumplan con la obligación de expedir el CFDI con complemento Carta Porte, o lo hagan con errores, también serán acreedores a la multa antes citada.

Además de estas sanciones, existen preocupaciones entre los contribuyentes obligados a la emisión del complemento Carta Porte, entre ellas:

– La información requerida en el documento es excesiva y contiene datos sensibles.

– No todos cuentan con los recursos humanos tecnológicos y materiales para cumplir con esta obligación.

– ¿Qué ocurrirá en el caso de que existan desviaciones o cierres en las carreteras y los transportistas se vean obligados a tomar rutas alternas, ya sea por algún operativo, bloqueos o condiciones climatológicas?

Estas son solo algunas de las inquietudes que hemos recibido por parte de asociados y clientes, mediante nuestros 60 Colegios Federados, y que reflejan la incertidumbre que se vive actualmente entre los contribuyentes del país.

Citas ante el SAT

Se requiere el apoyo por parte de la autoridad para ampliar el número de citas y facilitar a los contribuyentes el proceso del cumplimiento adecuado de sus obligaciones, ya sea de forma electrónica o presencial.

No olvidemos que ahora hay que sumar a los que tramiten su título profesional, quienes para obtenerlo, deben inscribirse al RFC sin obligaciones fiscales, o a quienes están en búsqueda de trabajo, por ser requisito para conseguir el empleo.

Si bien reconocemos que, con base en el “Informe Tributario y de Gestión. Cuarto trimestre de 2021” ha habido avances en este sentido, aún falta mucho por hacer.

El IMCP propone las siguientes medidas que pueden apoyar el cumplimiento de obligaciones fiscales que impliquen la necesidad de generar una cita ante el SAT:

a) Extender a dos años el periodo de renovación de la firma electrónica mediante el aplicativo SAT ID.

b) Permitir nuevamente la posibilidad de inscripción al RFC de Personas Físicas, vía electrónica.

c) Que el SAT, por única vez, envíe al padrón de contribuyentes la Constancia de Situación Fiscal.

d) Incrementar el número de trámites que puedan ser presentados por medio de la página del SAT.

e) Citas agendadas no atendidas, ponerlas a disposición de quienes acudan sin cita.

f) Aumentar el número de agentes y servicios de las oficinas virtuales y presenciales del SAT.

g) Cuando los trámites presenciales no sean concluidos, que se permita al contribuyente continuarlos dentro de los tres días siguientes hábiles, sin tramitar una nueva cita.

h) Ampliar el horario para otorgar servicio los sábados y domingos, media jornada.

Enfatizamos nuestra postura de solicitar que existan las condiciones adecuadas para que se les facilite a los contribuyentes las herramientas necesarias para atender debidamente sus obligaciones fiscales.

En el IMCP refrendamos nuestro compromiso de seguir aportando propuestas, las cuales conllevan un profundo análisis por parte de nuestras comisiones de trabajo, para coadyuvar con la autoridad en la resolución de temas complejos desde una perspectiva técnica y responsable.

Para ello, contamos con nuestros 60 Colegios Federados y 47 delegaciones en todo el territorio nacional, con los cuales buscamos sumar esfuerzos y encontrar estrategias conjuntas con el objetivo de contribuir al crecimiento de México.

Dra. Laura Grajeda Trejo

Presidenta del IMCP

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