AGAFF 06 / DISCREPANCIA ENTRE EL TRATAMIENTO CONTABLE Y EL EFECTO FISCAL DEL COSTO AMORTIZADO
Ante la creciente globalización de los mercados financieros, el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF) ha procurado que las Normas de Información Financiera Mexicanas (NIF) se encuentren en constante actualización y convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) o IFRS por sus siglas en inglés. Este proceso de armonización contable se ha convertido en un reto para la profesión contable, ya que algunas normas de información financiera tienen un tratamiento contable especifico; el cual difiere de su efecto fiscal, haciendo que los contadores públicos sean analíticos y cuidadosos cuando prestan servicios fiscales y/o emitan dictámenes fiscales.
Un ejemplo de lo previamente comentado es la NIF C-20 “Instrumentos Financieros para Cobrar Principal e Intereses” emitida por el Consejo Emisor del CINIF cuya entrada en vigor es aplicable para los ejercicios que se inicien el 1° de enero de 2018, la cual converge con lo establecido en la NIIF 9 “Instrumentos Financieros” y con la NIC 32 “Instrumentos Financieros: Presentación”, así como otras normas internacionales como la NIC 39 y la NIIF 7, salvo por algunas diferencias muy específicas.
C.P.C. PARMÉNIDES LOZANO RODRÍGUEZ
Integrante de la Comisión del IMCP Representativa ante las Administraciones Generales de Fiscalización del SAT
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