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Gonzalo Soto,Agencia Reforma

A partir de este año, los contribuyentes podrán hacer uso de los estados de cuenta bancarios que reciben para realizar alguna deducción de impuestos, señaló el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

Este beneficio está limitado a ciertos requisitos, como el que la transacción sea igual o inferior a 50 mil pesos, sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado (IVA), explicó José Luis Dóñez, presidente nacional del organismo. Asimismo, detalló que los estados de cuenta deben contener el Registro Federal de Contribuyente (RFC), tanto de la persona que enajena el bien o preste el servicio, como de quien lo recibe.

También es necesario que el que adquiere los bienes o recibe el servicio registre en su contabilidad las operaciones realizadas. Si el contribuyente decide utilizar el estado de cuenta para deducir gastos, deberá guardar dicho documento por un periodo de 5 años, tal y como lo marca el Código Fiscal de la Federación (CFF).

Para Dóñez, este beneficio, que se dio nuevamente a conocer el pasado 30 de marzo en un decreto presidencial que compendia diferentes normatividades, permite eliminar papeleo y documentación innecesaria para las deducciones. “Es una manera evidente de simplificación administrativa y operativa al presentar simplemente un estado de cuenta que incluya el registro de los movimientos”, aseguró.

A pesar de su importancia para la sencillez de las operaciones fiscales, este beneficio es muy poco conocido por los contribuyentes, debido a que la veda electoral impidió su promoción tras su establecimiento, comentó Francisco Macías, ex presidente del IMCP. Los contadores recordaron también que desde el año pasado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) comenzó a aceptar el pago de las contribuciones federales por medio de tarjeta de crédito.

“Tarjetas de crédito o débito emitidas por instituciones de crédito autorizadas como auxiliares de la Tesorería de la Federación, se aceptarán como medio de pago de las contribuciones federales”, dijo Dóñez.

Quienes opten por esta forma de pago, explicó, deberán liquidar los impuestos a su cargo ante las instituciones de crédito que hayan emitido la tarjeta. Dado que ya el próximo lunes 30 de abril vence el plazo para que las personas físicas presenten su declaración, el pago con tarjeta de crédito de algún impuesto a cargo es una opción para liquidar el adeudo, aseguró.