El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el 14 de mayo de 2026, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 y Anexos 5, 22 y 29.
Contenido:
PRIMERO. Se reforman las reglas 1.4.14. y 1.5.1., fracción VII, inciso d); y se adicionan las reglas 1.5.1., fracción VII, inciso e) y segundo párrafo y 4.8.4., segundo párrafo; y se deroga la regla 4.8.2., segundo párrafo de las RGCE para 2026.
*Expediente que debe integrar el agente aduanal respecto de los usuarios que les soliciten operaciones de comercio exterior.
*Manifestación de valor.
*Plazos de permanencia de mercancía extranjera bajo el régimen de recinto fiscalizado estratégico.
SEGUNDO. Se reforma el Transitorio Décimo Primero de las RGCE para 2026.
“Para los efectos del artículo 59, fracción III de la Ley y de la regla 1.5.1., hasta el 31 de mayo de 2026, quienes introduzcan mercancías a territorio nacional podrán cumplir con las referidas disposiciones…”
TERCERO. Se dan a conocer las modificaciones de los siguientes Anexos:
I. Primera Modificación al Anexo 5 de las RGCE para 2026.
II. Primera Modificación al Anexo 22 de las RGCE para 2026.
III. Primera Modificación al Anexo 29 de las RGCE para 2026.
Entrada en vigor:
La presente resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2…
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