PRODECON informó que, al obtener ingresos, de conformidad con la Constitución Política y la Ley del Impuesto sobre la Renta, estás obligado a pagar impuestos. Sin embargo, si eres una persona jubilada o pensionada, en esta última ley te otorga el derecho a una exención del pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR), equivalente hasta un monto diario de 15 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Esa exención se aplica a la suma total de todas las pensiones y jubilaciones que recibas, sin tener en cuenta quién las pague; por el excedente se deberá pagar el impuesto correspondiente (ISR).
Para conocer si tienes la obligación de pagar impuestos o presentar la declaración anual, el o los retenedores deben proporcionarte los comprobantes fiscales digitales por internet de nómina (CFDI) en donde señalen las cantidades que te están pagando, tanto los ingresos totales como los exentos y, en su caso, la retención del impuesto que te efectúen.
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