TEMAS COYUNTURALES EN MATERIA FISCAL Y LABORAL
Prácticas en los procesos de auditoría
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) estableció parámetros orientados a brindar mayor certidumbre jurídica a las personas contribuyentes durante los procesos de auditoría, por lo que dio a conocer un conjunto de mejores prácticas en materia de transparencia que serán aplicables a partir de 2026, entre las que destacan:
- Se realizará una única auditoría por
- Durante la auditoría se solicitará únicamente una muestra de las partidas que se revisarán.
- Auditorías para los contribuyentes que:
- Realicen operaciones con
- Presenten pérdidas fiscales
- Abusen de deducciones y estímulos.
- No paguen retenciones por sus
- Soliciten devoluciones
- Realicen operaciones con paraísos fiscales.
- Devoluciones para personas físicas en 5 días y para empresas en 30 días.
Ingresos del Gobierno Federal presentan incremento real de 4.8% durante 2025 (enero–diciembre)
El SAT informó que en 2025 los ingresos del Gobierno Federal alcanzaron los 6 billones 45 mil 795 millones de pesos, monto superior en términos reales de 4.8%, respecto a 2024.
La cifra registrada significa un incremento nominal de 487 mil 446 millones de pesos frente a lo contabilizado en 2024, con lo que se logra un cumplimiento de 101.6% en relación con lo programado por la Ley de Ingresos de la Federación 2025.
Crecimiento del 55.5% en el número de personas trabajadoras de plataformas digitales con seguridad social plena, durante la prueba piloto
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informó que los resultados de la prueba piloto obligatoria para personas trabajadoras de plataformas digitales, realizada entre julio y diciembre de 2025, confirman que es posible ampliar derechos laborales y acceso
a la seguridad social sin eliminar la flexibilidad ni afectar la disponibilidad de empleo en la economía digital. Al cierre del periodo, el número total agregado de trabajadores que alcanzaron la condición de subordinación ascendió a 912 mil trabajadores.
Las personas que superaron el umbral del ingreso neto mensual acceden a la totalidad de los seguros que otorga el IMSS: Enfermedades y Maternidad; Riesgos de Trabajo; Invalidez y Vida; Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez; así como Guarderías y Prestaciones Sociales. Por su parte, quienes no alcanzaron dicho umbral, pero fueron dadas de alta durante el mes, cuentan con cobertura del Seguro de Riesgos de Trabajo.
Se confirma la constitucionalidad del esquema de impuesto del 10% a los dividendos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta
El Alto Tribunal validó el 8 de enero de 2026 el sistema normativo contenido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, vigente desde 2014, relativo al gravamen aplicable a los dividendos, al concluir que no tiene carácter confiscatorio, respeta la estructura progresiva del Impuesto sobre la Renta (ISR) de las personas físicas y no vulnera por sí mismo el derecho al mínimo vital ni la dignidad humana.
En particular, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es válido establecer el impuesto adicional de 10% a los dividendos; es decir, a las ganancias que una empresa distribuye entre sus accionistas o dueños cuando obtiene utilidades.
El Tribunal Pleno concluyó que los argumentos de las personas quejosas, quienes sostenían que este régimen vulneraba el mínimo vital, la dignidad humana, la proporcionalidad tributaria y la prohibición de la doble tributación, eran infundados e inoperantes.
Se confirma que el aumento en la retención de impuestos sobre intereses bancarios no vulnera la seguridad jurídica
La Suprema Corte resolvió el 8 de enero de 2026 dos amparos en revisión, promovidos por dos empresas contra el incremento de 0.15% a 0.50% en la tasa de retención provisional del ISR aplicable a los intereses que pagan las instituciones financieras. En ambos casos, las quejosas alegaron que el incremento carecía de motivación suficiente, vulneraba la seguridad jurídica y quebrantaba la confianza legítima de quienes invierten sus ahorros o recursos en productos financieros.
El Tribunal Pleno determinó que el Congreso de la Unión cuenta con un margen de configuración para ajustar las tasas conforme a la política fiscal y que el aumento está debidamente justificado y no implica, por sí mismo, una carga desproporcionada o arbitraria, ya que la retención funciona como un pago provisional que puede acreditarse en la declaración anual del ISR.
C.P.C. Rolando Silva Briceño
Director Ejecutivo del IMCP
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