C.P.C. Ricardo Javier Mena Rodríguez
Integrante de la Comisión Fiscal del IMCP
Bajo la premisa de una mayor recaudación, sin la imposición
de nuevos impuestos ni incremento a los existentes, el domingo 8 de septiembre
de 2019, el Ejecutivo Federal entregó al Congreso de la Unión el paquete
económico para el ejercicio fiscal 2020, en el cual se incluyó la “Iniciativa
de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones
de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor
Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del
Código Fiscal de la Federación”, Decreto publicado en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) el 9 de diciembre de 2019, una vez discutido y aprobado por el
poder ejecutivo
Se destaca en este decreto la incorporación a nuestra
legislación fiscal de un importante número de disposiciones de carácter
internacional, que alinearán a México en las acciones derivadas de las
recomendaciones a nivel internacional del proyecto contra la Erosión de la Base
Imponible y el Traslado de Beneficios (BEPS), tales como: la identificación de
un establecimiento permanente, el combate a instrumentos híbridos, la
limitación a la deducción de intereses, así como regulaciones en materia de
actividades digitales y la identificación de la razón de negocios para efectos
fiscales.
México, como miembro de la OCDE y del G20 ha participado en
el desarrollo e implementación de medidas resultantes del proyecto BEPS, con el
cual se desarrollaron 15 acciones para combatir esquemas de evasión y elusión
fiscal. Esto, con la finalidad de combatir las estrategias de planificación
fiscal utilizadas para cambiar de manera artificial los beneficios económicos a
lugares de escasa o nula tributación, lo que permite eludir casi por completo
el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en México. Actualmente, se han sumado
más de 130 países y jurisdicciones a dicho proyecto a través del Marco
Inclusivo de BEPS, mismo que monitorea su implementación.
De acuerdo con el reporte final de la acción 4 del proyecto BEPS, que señala que una de las técnicas más sencillas para trasladar utilidades como parte una planeación fiscal internacional es el pago de intereses entre partes relacionadas e independientes, se propone establecer nuevos límites a la deducción de intereses, a pesar de que nuestra legislación ya cuenta con disposiciones que regulan los pasivos de las empresas mediante la capitalización delgada que se incorporó en 2005, en cuya exposición de motivos se argumentó que estas operaciones de endeudamiento tenían el propósito de disminuir indebidamente la base del ISR, así como la deducción del interés real y las reglas aplicables a los créditos respaldados.
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