Planteamientos y problemáticas – Región Centro Itsmo Peninsular – Colegio de Contadores Públicos del Estado de Oaxaca, A.C.
En cuanto a la Administración Local de Asistencia al Contribuyente:
-* No aceptan escritos tendientes a obtener una condonación o cancelación de multas, lo anterior sin ningún fundamento o argumento que valide su acción.
-*En cuanto a Personal Morales se niegan a recibir promoción alguna que no acompañe el instrumento notarial con el que se acredita la personalidad del Representante o Apoderado Legal, no obstante que tendrían la obligación de requerirnos por escrito.
En cuanto a la Administración Local de Recaudación:
-* No aceptan escritos de contengan Solicitud de Suspensión del Procedimiento Administrativo de Ejecución, lo anterior sin ningún fundamento o argumento que valide su acción.
-* Dentro de los Procedimientos Administrativos de Ejecución los ejecutores “traen la orden” de extraer los bienes, y dicho por ellos mismos con la finalidad de intimidar y de que con estas acciones presionar al contribuyente del pago de los créditos fiscales.
-* Durante el Procedimiento Administrativo de Ejecución, extraen los bienes encontrados en la negociación incluso cuando se les demuestra que son de terceros.
-* Los ejecutores amenazan; y en su momento, los administradores emiten los acuerdos tendientes al embargo de cuentas bancarias, aun cuando los créditos fiscales cuenten con medios de defensa.
-* Mediante el auxilio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, incluso han llegado a sustraer dinero con la finalidad de cubrir créditos fiscales que aun se encuentran en litigio y cuentan con garantía.
-* Como medida intimidatoria, los administradores piden el auxilio a la Dirección de Tránsito que detenga los vehículos embargados precautoriamente dentro del Procedimiento Administrativo de Ejecución, esto, sin notificar al contribuyente.
-* Todo lo anterior, y por comentarios de los propios ejecutores, es una forma de intimidación hacia los contribuyentes y que se refleja en su nueva “normatividad” a nivel central, ya que ahora trabajarán en base a la productividad de lo recaudado.
En cuanto a la Administración Local de Auditoría:
-* Las actas circunstanciadas levantadas con motivo de la revisión de papeles de trabajo de los Contadores Públicos Registrados, son manipuladas por los auditores, cambiando el sentido de las palabras.
-* Dichas actas son levantas en las oficinas de la autoridad revisora y posteriormente se requiere al profesionista para que las firme.
-* Se emiten por parte de esta Autoridad, créditos fiscales aun cuando no se han cumplidos las compulsas realizadas con tercero, perjudicando con esto al contribuyente, ya que en múltiples ocasiones el resultado de la compulsa desvirtua lo observado por la autoridad.
-* Los auditores en abuso de sus funciones, muchas veces acuden al domicilio del contribuyente o representante legal, con la finalidad de verificar y observar posesiones como: casas vehículos y bienes en general propiedad de los suscritos.