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A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS AL IMCP

La Vicepresidencia Fiscal del IMCP a través de la Comisión Representativa ante las Administraciones Generales de Fiscalización, informa que el 7 de diciembre del presente año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Anexo 26 de la Novena Resolución Miscelánea Fiscal para 2006.

Cito el contenido del anexo 26, que para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 33, fracción I, inciso h), del Código Fiscal de la Federación, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer los criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras:

1. Impuesto sobre la renta

01/ISR. Regalías por activos intangibles originados en México, pagadas a partes relacionadas residentes en el extranjero.
02/ISR. Enajenación de bienes de activo fijo.
03/ISR. En materia de Inversiones.
04/ISR. Reservas para fondos de pensiones o jubilaciones. No son deducibles los intereses derivados de la inversión o reinversión de los fondos.
05/ISR. Sociedades cooperativas. Salarios y previsión social.
06/ISR. Régimen Simplificado.
07/ISR. Instituciones de Crédito. Créditos incobrables.
08/ISR. Instituciones de Fianzas. Pagos por reclamaciones.
09/ISR. Consolidación fiscal. Acreditamiento contra el ISR causado por dividendos distribuidos de Cuenta de Utilidad Fiscal Neta Reinvertida en los ejercicios fiscales de 2000 a 2004.
10/ISR. Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
11/ISR. Enajenación de certificados inmobiliarios.
12/ISR. Establecimiento permanente.

Reciban un cordial saludo.

C. P. C. Luis Moirón Llosa
Presidente

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2006-2007

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