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Síntesis Informativa

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REFORMA, SECCIÓN NEGOCIOS

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) enlistó una serie de causas por las cuales podría cancelar el certificado de sello digital, es decir, eliminar a los contribuyentes el derecho de emitir nuevos comprobantes fiscales. En su Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2013 y sus Anexos, el fisco federal advierte que los contribuyente emisores de comprobantes fiscales digitales que se ubiquen en cualquiera de varios supuestos, les negará la aprobación de nuevos folios. Señala que procederá a cancelar los folios que no hayan sido utilizados a partir de que surta efecto la notificación de la resolución y que dejará sin efectos fiscales los comprobantes emitidos con posterioridad a ésta.

De acuerdo a la regla 1.2.2.4 de la Resolución, las causas por las que dejará sin efectos los certificados de sello digital son: 1)Cuando los contribuyentes en un mismo ejercicio fiscal omitan, estando obligados a ello, la presentación de tres o más declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas. 2)También cuando las autoridades fiscales, en el ejercicio de las facultades de comprobación, no localicen al contribuyente. 3)De la misma manera cuando el causante no presente su contabilidad. 4)Agrega que otra causal será cuando se tenga conocimiento de que los comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para amparar probables operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas. 5)También en caso de que se tenga conocimiento de la probable existencia de un delito de los previstos en el Código Fiscal de la Federación en materia de encubrimiento y contrabando. 6)Finalmente cuando durante el procedimiento administrativo de ejecución no se localice al contribuyente o éste desaparezca.