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Síntesis Informativa

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EL ECONOMISTA, SECCIÓN DINERO

En México, las más de 8,500 asociaciones religiosas registradas en el padrón de la Secretaría de Gobernación (Segob) podrían pagar un Impuesto al Valor Agregado (IVA) por todos los actos que realicen derivados de actividades comerciales, concuerdan especialistas. Carlos Cárdenas, consejero independiente en materia fiscal y asesor de negocios, comentó que algunas iglesias, templos o asociaciones religiosas rentan sus instalaciones para eventos sociales o venden productos en comercios (fuera de los recintos). Dicha actividad, comentó, sale de sus fines lucrativos, se convierte en una venta comercial y, por lo tanto, deben pagar impuestos. En este caso aplicaría la tasa general de IVA de 16 por ciento.

“Ésa es la parte buena (legal) que realizan las iglesias. Se sabe que en algunos casos a través de las asociaciones religiosas se lava dinero proveniente de actos delictivos; la medida del fisco es lo que quiere detectar”, dijo en entrevista. Además, explicó que aquellas asociaciones religiosas que tengan a su cargo empleados también tienen obligaciones y les deben pagar un sueldo, inscribirlos ante el Seguro Social y pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente. Reconoció que, derivado de la regulación que el fisco pretende hacerle a las asociaciones religiosas, se ha desatado un descontento entre los integrantes del clero, muchas de ellas no pueden contar con los insumos necesarios para cumplir con sus obligaciones fiscales. “Las asociaciones religiosas, al igual que muchos contribuyentes, no cuentan con la capacidad técnica y financiera para cumplir con las obligaciones fiscales que demanda el fisco”, argumentó.