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La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio a conocer las tesis y jurisprudencias correspondientes al 28 de noviembre de 2014, mismas que se muestran a continuación:

  1. SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA LOS EFECTOS DE LOS ARTÍCULOS 17-K, 28, 42 Y 53-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, 34 DE SU REGLAMENTO, ASÍ COMO DE LAS REGLAS I.2.8.6. Y I.2.8.7. DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2014, RELATIVOS A LA OBLIGACIÓN DE LLEVAR CONTABILIDAD ELECTRÓNICA Y ENVIARLA A LA AUTORIDAD A TRAVÉS DEL BUZÓN TRIBUTARIO.
  2. ESTÍMULO FISCAL PREVISTO EN EL ARTÍCULO 16, APARTADO A, FRACCIÓN III, DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2013. NO VIOLA LOS PRINCIPIOS DE PROGRESIVIDAD DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DE IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY.
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