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La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio a conocer el día de hoy las siguientes tesis aisladas pendiente de publicarse en IUS:

  1. RENTA. EL CONCEPTO “COSTO DE ADQUISICIÓN”, ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 150 DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, PARA QUE EL CONTRIBUYENTE DISMINUYA SU BASE GRAVABLE, NO ES APLICABLE PARA LOS BIENES QUE SE HUBIEREN OBTENIDO SIN HABERSE PACTADO NI EROGADO ALGUNA CANTIDAD (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2013).
  2. RENTA. EL ARTÍCULO 152, PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, VIGENTE EN 2013, QUE PREVÉ UNA DIFERENCIA DE TRATO ENTRE CONTRIBUYENTES, NO VULNERA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.
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