53/2008-2009 Se dan a conocer medidas de apoyo para efectos del Seguro Social y del INFONAVIT, con motivo del periodo de alerta sanitaria
A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS AL
IMCP
La Vicepresidencia de Fiscal del IMCP a través de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS), con base en el convenio de difusión celebrado con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), da a conocer que dicho Instituto publicará en breve, a través de su portal de Internet www.imss.gob.mx, un Acuerdo relacionado con el cómputo de plazos para efectos del Dictamen del Seguro Social.
El Lic. Rodrigo González, Titular de la División de Dictámenes del IMSS, nos solicitó que difundiéramos a la membrecía que en el Acuerdo en comento, se indica que en el período del 27 de abril y hasta que termine la contingencia de salud que atraviesa el país, se suspenderá el computo de los plazos. A partir de que termine la contingencia, se reiniciará el cómputo de los mismos.
Tratándose de los avisos de dictamen para efectos del IMSS, se considerará que el plazo para su presentación vence, dentro de los cuatro días siguientes a la terminación de dicha contingencia. Nos solicitan que ya no se acuda a presentar avisos el día de hoy.
Les recomendamos estar atentos a la publicación en el portal del IMSS del Acuerdo citado.
En el caso del INFONAVIT, también se dan a conocer las medidas que ha adoptado dicho Instituto en el período de alerta sanitaria:
1. Plazos para la presentación del dictamen del INFONAVIT, así como para la presentación de los avisos
Los plazos tanto para el dictamen del INFONAVIT, como para la presentación de los avisos, serán recorridos 5 días naturales, siendo afectados únicamente a partir del grupo de letras de la “E” a la “Z”.
La presentación de los dictámenes quedará en función al calendario siguiente:
1a. letra del 1er. nombre |
Periodo de presentación |
A |
Del 20 al 23 de Abril |
De |
Del 24 al 27 de Abril |
De |
Del 6 al 9 de Mayo |
De |
Del 10 al 13 de Mayo |
J |
Del 14 al 17 de Mayo |
De |
Del 18 al 21 de Mayo |
M |
Del 22 al 25 de Mayo |
De |
Del 26 al 29 de Mayo |
R |
Del 30 de Mayo al 2 de Junio |
De |
Del 3 al 6 de Junio |
2. Patrones con requerimientos fiscales y medios de defensa
Se suspenden los vencimientos de plazos comprendidos del 28 de abril al 6 de mayo de 2009, relacionados con: créditos fiscales, mandamientos de ejecución, intervenciones y medios de defensa. El plazo para que los patrones atiendan dichos requerimientos y medios de defensa comenzará a correr a partir del día 7 de mayo.
3. Pago de amortizaciones
(i) Los acreditados que pagan directamente su crédito en sucursales bancarias, tienen hasta el 15 de mayo para realizar el correspondiente al mes de abril.
(ii) A los acreditados que vean afectado su ingreso por paro de labores derivado de la contingencia sanitaria, el Instituto les ofrecerá soluciones atendiendo a su situación personal.
(iii) Los trabajadores que deseen cubrir su mensualidad, realizar prepagos a capital, liquidaciones de saldo o cubrir pagos atrasados, podrán hacerlo con cargo a una tarjeta de crédito o débito en el Centro de Pagos Infonavit disponible en el sitio de Internet del Instituto: www.infonavit.org.mx, en la sección trabajadores.
Asimismo, través de los portales de HSBC y Bancomer se pueden realizar pagos de los créditos otorgados por Infonavit.
4. Derechohabientes en proceso de formalización de un crédito
Los trabajadores con un crédito autorizado y cuya fecha límite para formalizarlo coincide con el período de contingencia establecido por la Secretaría de Salud, tendrán hasta el 15 de mayo para concluir su trámite.
5. Atención en los Centros de Servicio (CESI)
Los CESI ubicados en el D.F. y en el Estado de México, atenderán únicamente trámites de inscripción y formalización de créditos, en el horario de 9:00 a 15:30 hrs.
6. Devoluciones de fondo de ahorro y otros servicios
Serán reanudados, en principio, el 6 de mayo del 2009.
Reciban un cordial saludo.
*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP
C.P.C. Eduardo Ojeda
Presidente
c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2008-2009
El contenido de este folio, es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.
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