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A LOS CUERPOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS FEDERADOS AL IMCP

La Presidencia y la Vicepresidencia de Fiscal del IMCP les informan que el día de hoy nos reunimos con el Lic. Alberto Real Benítez, Administrador General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), para darle seguimiento al tema del dictamen fiscal 2008.

En esta reunión, se confirmaron los siguientes puntos:

1. Publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del Anteproyecto de la 1a. RMF 2009

El pasado 28 de julio del 2009, el SAT publicó en su página de Internet , el Anteproyecto de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2009, a través del cual se informa el nuevo plazo para la presentación del dictamen fiscal 2008 de acuerdo con el calendario que se señala a continuación, considerando el primer caracter alfabético del RFC; o bien, antes del periodo que les corresponda.






LETRAS DEL RFC

FECHA DE ENVIO

De la A a la F

Del
12 al 14 de agosto de 2009

De la G a la O

Del
17 al 19 de agosto de 2009

De
la P a la Z y &

Del
20 al 24 de agosto de 2009

 

En el caso de sociedades controladoras que consoliden su resultado fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal a más tardar el 7 de septiembre de 2009.

Al respecto, en la reunión de esta mañana el Lic. Real Benítez nos confirmó que la publicación en el DOF de dicho Anteproyecto, será la próxima semana, a más tardar el viernes 7 de agosto del 2009.

En esta misma reunión se precisó que se publicará tal y como se dio a conocer a través del portal de Internet del SAT, y de nuestro folio 84/2008-2009, de fecha 23 de julio del 2009; sin embargo, se hará la aclaración de que los dictámenes fiscales podrán presentarse conforme al calendario indicado pero considerando en todo caso como plazo último aplicable a todos los contribuyentes el 24 de agosto del 2009.

Se precisará también que podrán presentarse en las fechas establecidas, incluyendo los días 15 y 16 de agosto del 2009 que ahorita están omitidos en la publicación del SAT.

2. Dictamen Fiscal del Régimen simplificado

Por lo que se refiere a los dictámenes fiscales del régimen simplificado, se emitirá un oficio particular resolutorio, el cual incluirá básicamente los mismos anexos del año anterior más los nuevos del IETU e IDE. Cabe señalar que, en su caso, se otorgará una prórroga tomando en cuenta la fecha de emisión de la resolución particular de referencia.

3. Revisiones de papeles de trabajo durante el mes de agosto de 2009

Con objeto de hacer más fluida la entrega de dictámenes fiscales dentro del mes de agosto del 2009 y considerando la ampliación del plazo para su envío, se les planteó a funcionarios del SAT la suspensión de las revisiones de papeles de trabajo programadas hasta el 24 de agosto del 2009.

Al respecto, nos comentaron que se analizará esta situación y en breve nos darán a conocer la resolución que corresponda.

Reciban un cordial saludo.

*El original se encuentra firmado en los archivos del IMCP
C.P.C. Eduardo Ojeda
Presidente

c.c. Comité Ejecutivo Nacional 2008-2009
c.c. Lic. Alfredo Gutiérrez Ortiz-Mena.- Jefe del SAT

El contenido de este folio, es de carácter informativo y no normativo, por lo que la responsabilidad del IMCP se limita sólo a su difusión.

-* Descargar Folio 87 (Click Aquí)->https://www.imcp.org.mx/IMG/zip/Folio_87_-_Dictamen_Fiscal_2008_Actualizacion.zip
www.sat.gob.mx


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